Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
01-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100501-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2

CÉDULA DE CITACIÓN

63
Demandas 44 de 2010

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 14 de abril de 2010, en autos instruidos por este Juzgado de lo social, a instancias de don Ángel Luis Susagna Ribes, contra “Grupo Cultural Nivel 10, Sociedad Limitada”, en reclamación de demandas, seguido con el número 44 de 2010, se cita a la mencionada empresa, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 10 de mayo de 2010, a las once cuarenta y cinco horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio, en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.

Asimismo, se le requiere a fin de que aporte en el acto del juicio los siguientes documentos:

Parte de alta de la Seguridad Social del demandante.

Boletines de cotización TC1 y TC2 del período comprendido entre enero de 2009 hasta noviembre de 2008.

Lo que hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Lleida, a 14 de abril de 2010.—El secretario judicial, Luis Francisco Bernal ­Martín.

(03/15.830/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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