Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100504-38

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2010, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras de Comunicación de Fibra Óptica entre Paracuellos de Jarama-antiguo centro de control, Torrejón de Ardoz y la torre de control del Centro Radioeléctrico de Paracuellos de Jarama, en los términos municipales de Torrejón de Ardoz y Paracuellos de Jarama, promovido por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) (Ac. 36/10).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras de Comunicación de Fibra Óptica entre Paracuellos de Jarama-antiguo centro de control, Torrejón de Ardoz y la torre de control del Centro Radioeléctrico de Paracuellos de Jarama, en los términos municipales de Torrejón de Ardoz y Paracuellos de Jarama, promovido por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de fecha 15 de febrero de 2010, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 15 de febrero de 2010, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor:

«Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de Comunicación de Fibra Óptica entre Paracuellos de Jarama-antiguo centro de control, Torrejón de Ardoz y la torre de control del Centro Radioeléctrico de Paracuellos de Jarama, en los términos municipales de Torrejón de Ardoz y Paracuellos de Jarama, promovido por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), debiendo cumplirse las condiciones establecidas en los siguientes informes sectoriales obrantes en el expediente:

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de fecha 23 de febrero de 2007.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias), de fecha 24 de noviembre de 2006.

— Dirección General de Evaluación Ambiental, de fecha 31 de agosto de 2007 y 15 de septiembre de 2009.

— Confederación Hidrográfica del Tajo, de fecha 8 de noviembre de 2007.

— Dirección General de Patrimonio Histórico, de fecha 23 de marzo de 2008.

— Informe del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de fecha 28 de noviembre de 2006.

— Informe del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, de fecha 25 de septiembre de 2007.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.»

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 2 de marzo de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(02/2.867/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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