Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
04-05-2010

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100504-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

137
Sección Novena

Doña Paloma Tuñón Lázaro, secretaria de la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en el recurso P.O. número 792 de 2004, que se sigue en esta Sección a instancias de Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obras, ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

En la Villa de Madrid, a 29 de enero de 2008.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso-administrativo número 792 de 2004, interpuesto por la procuradora de los Tribunales doña María Jesús Ruiz Esteban, en nombre y representación de la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras (Madrid), contra la Orden 4902/2004, de 2 de noviembre, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de esta Comunidad, en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés en el curso 2005-2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 268, de 10 de noviembre de 2004); habiendo sido parte la Administración demandada, representada por los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

Fallamos

Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo número 792 de 2004, interpuesto por la procuradora de los Tribunales doña María Jesús Ruiz Esteban, en nombre y representación de la Federación Regional de Enseñanza de Comisiones Obreras (Madrid), contra la Orden 4902/2004, de 2 de noviembre, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de esta Comunidad en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés en el curso 2005-2006 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 268, de 10 de noviembre de 2004),

Debemos anular y anulamos dicha Orden por no ser ajustada al ordenamiento jurídico.

No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—La secretaria (firmado).

(01/1.301/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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