Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
06-05-2010

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100506-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

94
Recurso 1.067 de 2010

Doña Ana María López-Medel Bascones, secretaria de la Sala de lo social de la Sección Cuarta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de queja número 1.067 de 2010, interpuesto por don Miguel Ángel Huerta Valbuena, contra el auto de fecha 1 de febrero de 2010 y de los que este trae causa de fechas 7 de julio de 2009 y 14 de septiembre de 2009, dictados por el Juzgado de lo social número 17 de Madrid, habiendo sido dictada la siguiente resolución:

La Sala acuerda: No haber lugar a la queja, encontrándose bien denegado el acceso al recurso de suplicación.

Incorpórese el original de esta resolución, por su orden, al libro de autos de esta Sección de Sala.

Expídanse certificaciones de esta resolución para su unión al rollo de queja y para su remisión al Juzgado de lo social de procedencia para su constancia, ejecución y unión a sus autos principales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno, sirviendo para ello esta misma orden.

Archívese, finalmente, el rollo de queja, dejando de ello debida nota en los libros de esta Sección de Sala.

Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que le sirva de notificación a don Juan Miguel Esteban Aceituno, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 25 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/15.428/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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