Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100507-286

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

286
Demanda 1.410 de 2008

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.410 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Gómez Fernández, contra la empresa “Construcciones, Reformas y Proyectos Cantisur 3000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Ángel Luis Gómez Fernández, debo condenar y condeno a la empresa “Construcciones, Reformas y Proyectos Cantisur 3000, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 2.950,71 euros en concepto de diferencias salariales de los años 2007 y 2008, saldo y finiquito, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones, Reformas y Proyectos Cantisur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 12 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.861/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100507-286