Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100508-36

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

36
Verbal desahucio falta pago 1.252 de 2008

Doña María Teresa Sobrino Carrión, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, en los autos de juicio verbal de desahucio número 1.252 de 2008, se ha dictado sentencia de fecha 4 de febrero de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 4 de febrero de 2009.—Su señoría ilustrísima don Francisco Serrano Arnal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.252 de 2008, seguidos en este Juzgado a instancias de don Román García Serrano Arranz, representado por el procurador de los tribunales don Victorio Venturini Medina y asistido del letrado don Juan Manuel García Sánchez, contra doña Carlota Victoria Arias Ramírez (rebelde), sobre desahucio de vivienda por falta de pago de renta y asimilados y reclamación de cantidad en cuantía 7.122,88 euros, siendo la renta mensual actual de 780 euros.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta en nombre de don Román García Serrano, contra doña Carlota Victoria Arias Ramírez, declaro resuelto el contrato de arrendamiento que con referencia a la vivienda sita en paseo de las Delicias, número 28, tercero A, derecha, de Madrid, liga a ambas partes y, en consecuencia, condeno a la demandada a que dentro del plazo legal la desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de que si así no lo verifica se procederá a su lanzamiento y a su costa; condenándole, asimismo, a que pague al actor la cantidad de 7.122,88 euros, así como la imposición de costas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.—Doy fe.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó, hallándose el mismo celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a la demandada doña Carlota Victoria Arias Ramírez, declarada en rebeldía y en paradero desconocido, expido y firmo la presente en Madrid, a 28 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/4.345/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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