Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
08-05-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100508-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución de desvío, con carácter temporal, de una línea aérea a 45 kV, a instalar en calle Maqueda, número 151, del término municipal de Madrid, solicitada por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

2009P356

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 20 de abril de 2009 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de ejecución de desvío, con carácter temporal, de una línea aérea, de la que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don Julio A. García-Vera Garido, visado con el número 200903274, de fecha 13 de abril de 2009, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 25/2009, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión, Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar, con carácter temporal, para un plazo de veinticuatro meses, a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, el desvío de una línea aérea (2009P356-ILE3905), situada en calle Maqueda, número 151, en el término municipal de Madrid, cuyas características son las siguientes:

— Desvío temporal de una línea aérea (2009P356-ILE3905), de doble circuito, a 45 kV de 369 metros de longitud, constituida con conductores LA-180, con origen en apoyo metálico existente número 5 en calle Maqueda, número 151, coordenadas UTM: X = 435563 e Y = 4471155, y final en apoyo metálico existente número 3 en camino de la Venta, coordenadas UTM: X = 435738 e Y = 4470836.

Esta actuación tiene carácter temporal, modificando también los apoyos 4 y 4 bis y se prevé su soterramiento en aproximadamente dos años.

Segundo

Aprobar con caráctet temporal, el proyecto de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes. Cualquier variación de las mismas deberá ser objeto de una nueva solicitud de autorización.

Tercero

Tres meses antes de finalizar el plazo de suministro temporal deberán presentar ante esta Dirección General memoria que detalle las circunstancias técnicas, económicas, medio ambientales o de cualquier otro orden relevante en el desmontaje de las instalaciones.

Cuarto

Finalizado el plazo de suministro temporal se presentará un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente en la que conste que el desmontaje se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en la memoria de desmontaje.

Quinto

La autorización administrativa y de aprobación del proyecto de ejecución con carácter temporal, se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de la finalización del plazo de información pública ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda, de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 15 de febrero de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/2.046/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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