Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
10-05-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100510-45

Páginas: 15


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

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Subasta de bienes inmuebles

URE 28/05.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES (TVA-603).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 05 de MADRID.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor LOPEZ MASOLIVER MARIA ELENA, con Exp. 28050500267225, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 22 de 04 de 2010 ,la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 22 de 06 de 2010 , a las 10 : 00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 0 MADRID y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.

2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas 21 Junio 2010. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta.

5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Ademas, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS: DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60 DE 21 DE JULIO SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL LA REDACCION DADA POR LA LEY 8/99, SERAN A CARGO DEL ADQUIRENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO.

SE ADVIERTE QUE EL DEPOSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DIA DE LA SUBASTA POR UN 30% DEL TIPO, HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, NOMINATIVO A FAVOR DE TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN.

DEUDOR: LOPEZ MASOLIVER MARIA ELENA ,LOTE NUMERO: 01 ,FINCA NUMERO: 01 ,DATOS FINCA URBANA ,DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO LOCAL CL FEDERICO MAYO, 23.-28011 MADRID ,TIPO VIA: CL, NOMBRE VIA: FEDERICO MAYO N VIA: 23 , PISO: BJ ,COD-POST: 28011 COD-MUNI: 28079 ,DATOS REGISTRO TOMO: 2741 LIBRO: 2741 FOLIO: 0195 FINCA: 035005 ,IMPORTE DE TASACION: 178.147,00 ,CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES :LA CAIXA CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 68.687,86 .TIPO DE SUBASTA: 109.459,14.

DESCRIPCION AMPLIADA: LOCAL N0MERO UNO DENOMINADO LOCAL COMERCIAL DERECHA SITO EN LA PLANTA BAJA DE LA CASA NOMERO VEINTITRÉS DE LA CALLE DE FEDERICO MAYO DE MADRID. MIDE UNA SUPERFICIE DE OCHENT AY SEIS METROS TREINTA Y NUEVE DECg-METROS CUADRADOS. MIRANDO DESDE LA CALLE DE SU SITUACIAN. LINDA: FRENTE O NORTE, DICHA CALLE; DERECHA U OESTE, PASO POBLICO DE PEATONES; IZQUIERDA O ESTE, EL LOCAL COMERCIAL IZQUIERDA, EL PORTAL Y LA ESCALERA DE LA PROPIA FINCA; Y ESPALDA, O SUR, EL JARD N POSTERIOR DE LA FINCA. CUOTA. DIECISÉIS ENTEROS TREINTA CENTÉSIMAS PORCIENTO. REFERENCIA CATASTRAL NOMERO 7234605 VK3773C 0001JZ. ,CON SEVIDUMBRES RECIPROCAS, EDIFICIO SOMETIDO A V.P.O.

MADRID, a 28 de ABRIL de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Jesus Diego Gonzalez Daneo.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL MADRID.

Unidad Recaudación Ejecutiva n.28/05.

EDICTO DE EMBARGO INMUEBLES.

El Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social de la Unidad núm. 28/05 de las de Madrid, con domicilio en la calle Maqueda núm. 138.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ““Boletín Oficial del Estado”” del día 27) según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ““Boletín Oficial del Estado”” del día 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001 de 27 de diciembre ““Boletín Oficial del Estado”” del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente edicto, que se notifica la siguiente:

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores relacionados a continuación, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe y datos se indican.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad total reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que sirva para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de la recaudación o sus colaboradores. Si existen discrepancias entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estima como valor de los bienes el de la tasación mas alta. En caso contrario, la unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Así mismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitara certificación de cargas que figuren sobre la finca, y se llevaran a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiendo que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

RELACION DE DEUDORES, INTERESADOS, DEUDA Y BIENES:

Deudor: CRESPO GÓMEZ DOLORES.

Domicilio: CL MURILLO, 3 3º A 28223 POZUELO DE ALARDÓN (MADRID).

C.C.C. 281023074191 Exp.: 28/05/96/00109835.

N. Documento: 28 05 501 10 007512816.

Periodo del 01/1996 a 03/1998 Regimen: RETA.

Importe principal: 4.366,67.

Recargo Apremio: 1.641,34.

Intereses: 20,92.

Costas: 300,00.

TOTAL DÉBITOS: 6.328,93.

DATOS FINCA URBANA:

PL. DOM. VIVIENDA CL MURILLO, 3 3º A – 28223 POZUELO DE ALARCÓN.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 02. TOMO: 0665. NÚMERO LIBRO: 0016 NÚMERO FOLIO: 0185. NÚMERO FINCA: 000700.

Deudor: NEUS TRUJOLS RIVERO.

Domicilio: CL CAFARNAUM, 1 3º C 28600 NAVALCARNERO.

C.C.C. 281001571820 Exp.: 28/05/97/00041760.

N. Documento: 28 05 501 09 073237714.

Periodo del 07/1999 a 03/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 22.094,31.

Recargo Apremio: 5.680,33.

Intereses: 2.842,01.

Costas: 1.010,46.

TOTAL DÉBITOS: 31.627,11.

DATOS FINCA URBANA:

PL. DOM. CL CAFARNAUM, 1 POR. 4 3º – 28600 NAVALCARNERO.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 01. TOMO: 0604. NÚMERO LIBRO: 0126 NÚMERO FOLIO: 0003. NÚMERO FINCA: 029436.

Deudor: DOMINGO DE LOS SANTOS CARLOS.

Domicilio: CL PABLO SOROZABAL, 9 28290 ROZAS DE MADRID.

C.C.C. 280131875231 Exp.: 28/05/03/00125105.

N. Documento: 28 05 501 09 10 006603844.

Periodo del 03/2004 a 12/2008 Regimen: RETA.

Importe principal: 4.529,47.

Recargo Apremio: 905,96.

Intereses: 1.227,52.

Costas: 531,38.

TOTAL DÉBITOS: 7.194,33.

DATOS FINCA URBANA:

1/24 PL. DOMINIO Y 1/24 N. PROPIEDAD CL CANARIAS, 3 2º D – 28045 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 43. TOMO: 2129. NÚMERO LIBRO: 2010 NÚMERO FOLIO: 0038. NÚMERO FINCA: 006514.

Deudor: ANTONIO ROMERO VARGAS.

Interesado: FELICITAS VARGAS SALAZAR.

Domicilio: AVDA. DE ENTREVÍAS, 66 BJ (LOCAL) – 28053 MADRID.

C.C.C. 450026021889 Exp.: 28/05/03/00153292.

N. Documento: 28 05 501 09 073058868.

Periodo del 08/1998 a 12/2006 Regimen: RETA.

Importe principal: 8.270,36.

Recargo Apremio: 2.009,20.

Intereses: 1.089,79.

Costas: 1.038,45.

TOTAL DÉBITOS: 12.407,80.

DATOS FINCA URBANA:

GANANCIAL LOCAL AV. ENTREVÍAS, 66 BJ – 28053 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 19. TOMO: 0704. NÚMERO LIBRO: 0704 NÚMERO FOLIO: 0205. NÚMERO FINCA: 049182.

Deudor: STALEWSKI … JAAROSLAW.

Domicilio: CL SALORINO, 5 1º B – 28044 MADRID.

C.C.C. 28151265834 Exp.: 28/05/05/00297234.

N. Documento: 28 05 501 10 005357291.

Periodo del 04/2007 a 12/2008 Regimen: RETA.

Importe principal: 4.846,92.

Recargo Apremio: 969,40.

Intereses: 595,66.

Costas: 510,46.

TOTAL DÉBITOS: 6.922,44.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO VIVIENDA CL SALORINO, 5 1º B – 28044 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: TOMO: 1548. NÚMERO LIBRO: 1548 NÚMERO FOLIO: 0101. NÚMERO FINCA: 008486.

Interesado: MARÍA LOURDES ORTIZ ISLA.

Domicilio: CL SANTA CRUZ DE MUDELA, 18 – 28026 MADRID.

C.C.C. 281074588669 Exp.: 28/05/08/00202036.

N. Documento: 28 05 501 09 075373936.

Periodo del 09/2007 a 11/2008 Regimen: RETA.

Importe principal: 566,83.

Recargo Apremio: 113,37.

Intereses: 48,28.

Costas: 60,00.

TOTAL DÉBITOS: 788,48.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO PARCELA 2.7.2 PAU II -6 CARABANCHEL – 28054 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 15. TOMO: 1107. NÚMERO LIBRO: 1107 NÚMERO FOLIO: 0077. NÚMERO FINCA: 057102.

Deudor: MEDINA ARANDA ANTONIO.

Interesado: LUIS VALLE CATALÁN.

Domicilio: AV. DE MADRID, 28 – 28609 SEVILLA LA NUEVA.

C.C.C. 130022591318 Exp.: 28/05/08/00243361.

N. Documento: 28 05 501 09 074428992.

Periodo del 11/2007 a 02/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 1.948,90.

Recargo Apremio: 389,80.

Intereses: 136,48.

Costas: 240,46.

TOTAL DÉBITOS: 2.715,64.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO CL ENCINA, 13 – 28609 SEVILLA LA NUEVA.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 02. TOMO: 0744. NÚMERO LIBRO: 0051 NÚMERO FOLIO: 0198. NÚMERO FINCA: 003062.

Interesado: BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A.

Domicilio: Pº CASTELLANA, 29 – 28046 MADRID.

C.C.C. 28111663027 Exp.:28/05/09/00091828.

N. Documento: 28 05 501 10 007512816.

Periodo del 11/2007 a 02/2009 Regimen: RETA Y R. GRAL.

Importe principal: 53.060,59.

Recargo Apremio: 10.612,11.

Intereses: 5.628,80.

Costas: 1.000,00.

TOTAL DÉBITOS: 70.301,50.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO CL ENCINA, 13 – 28609 SEVILLA LA NUEVA.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 09. TOMO: 2401. NÚMERO LIBRO: 2401 NÚMERO FOLIO: 0176. NÚMERO FINCA: 116986.

Deudor: RIBEIRO DOS ANJOS MARCIO.

Domicilio: CL ANTONIO ZAMORA, 23 3º B – 28011 MADRID.

C.C.C. 281001449154 Exp.:28/05/09/00142853.

N. Documento: 28 05 501 09 073968042.

Periodo del 11/2008 a 02/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 773,50.

Recargo Apremio: 154,70.

Intereses: 36,15.

Costas: 90,46.

TOTAL DÉBITOS: 1.054,81.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO CL CERRO BERMEJO, 3 1º CENTRO EX. – 28011 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 25. TOMO: 2909. NÚMERO LIBRO: 2909 NÚMERO FOLIO: 0092. NÚMERO FINCA: 056731.

Deudor: PULLA BARZALLO MIGUEL.

Interesado: BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.

Domicilio: PP ESTACIÓN, 13 3º D – 45200 ILLESCAS.

C.C.C. 28158607421 Exp.:28/05/09/00233789.

N. Documento: 28 05 501 10 005710636.

Periodo del 09/2008 a 05/2009 Regimen: RETA Y R. GRAL.

Importe principal: 10.855,12.

Recargo Apremio: 2.171,03.

Intereses: 551,80.

Costas: 1.000,00.

TOTAL DÉBITOS: 14.577,95.

DATOS FINCA URBANA:

PL. DOMINIO VIVIENDA PP ESTACIÓN, 13 3º D – 45200 ILLESCAS.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 01. TOMO: 2291 NÚMERO LIBRO: 0364 NÚMERO FOLIO: 0112. NÚMERO FINCA: 008241.

Deudor: SÁNCHEZ RUFO FRANCISCO JOSÉ.

Domicilio: CL DIAMANTE, 4- 28260 GALAPAGAR.

C.C.C. 281106912911 Exp.:28/05/09/00285525.

N. Documento: 28 05 501 09 074077469.

Periodo del 09/2008 a 05/2009 Regimen: RETA Y R. GRAL.

Importe principal: 1.230,53.

Recargo Apremio: 246,12.

Intereses: 57,61.

Costas: 130,46.

TOTAL DÉBITOS: 1.664,72.

DATOS FINCA URBANA:

PL. DOMINIO CL DIAMANTE, 4 – 28260 GALAPAGAR.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 01. TOMO: 0605 NÚMERO LIBRO: 0078 NÚMERO FOLIO: 0013. NÚMERO FINCA: 013512.

Interesado: BANCO SANTANDER.

Domicilio: CL ALCALÁ, 49- 28014 MADRID.

C.C.C. 281030357881 Exp.:28/05/09/0326850.

N. Documento: 28 05 501 10 005996481.

Periodo del 01/2009 a 04/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 866,25.

Recargo Apremio: 173,26.

Intereses: 35,58.

Costas: 100,00.

TOTAL DÉBITOS: 1.175,09.

DATOS FINCA URBANA:

GANANCIAL CL AROUSA, 67 PARCELA U-23 – 28939 ARROYOMOLINOS.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 01. TOMO: 0262 NÚMERO LIBRO: 0221 NÚMERO FOLIO: 0002. NÚMERO FINCA: 011523.

Deudor: RODI JORGE EDGARDO.

Domicilio: CL ENRIQUE BORRÁS, 9 4º IZD.- 28014 MADRID.

C.C.C. 281126748094 Exp.:28/05/09/0327860.

N. Documento: 28 05 501 09 074518821.

Periodo del 12/2008 a 02/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 742,71.

Recargo Apremio: 148,55.

Intereses: 34,79.

Costas: 95,46.

TOTAL DÉBITOS: 1.021,51.

DATOS FINCA URBANA:

PL. DOMINIO LOCAL CL GOTARENDURA, 4 2 – 28047 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 52. TOMO: 3249 NÚMERO LIBRO: 3249 NÚMERO FOLIO: 0151. NÚMERO FINCA: 060652.

Interesado: FÉLIX MEJÍAS COLLADO.

Domicilio: CL PARQUE EUGENIA MONTIJO, 12 3º C- 28025 MADRID.

C.C.C. 310044732990 Exp.: 28/05/09/00339883.

N. Documento: 28 05 501 09 074618346.

Periodo del 11/2008 a 12/2008 Regimen: RETA Y R. GRAL.

Importe principal: 572,60.

Recargo Apremio: 114,52.

Intereses: 30,54.

Costas: 70,46.

TOTAL DÉBITOS: 788,12.

DATOS FINCA URBANA:

GANANCIAL CL PARQUE EUGENIA MONTIJO, 12 3º C – 28025 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 15. TOMO: 1454 NÚMERO LIBRO: 1454 NÚMERO FOLIO: 0055. NÚMERO FINCA: 030479.

Deudor: HERNAN CARREIRA ALEJANDRO.

Interesado: M. CARMEN DÍAZ RAMOS.

Domicilio: CL SALAMANCA, 5- 45215 EL VISO DE SAN JUAN.

C.C.C. 281189857510 Exp.:28/05/09/00340186.

N. Documento: 28 05 501 09 074287334.

Periodo del 10/2008 a 12/2008 Regimen: RETA.

Importe principal: 733,05.

Recargo Apremio: 146,61.

Intereses: 43,43.

Costas: 90,46.

TOTAL DÉBITOS: 1.013,55.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO CL SALAMANCA, 5 – 45215 EL VISO DE SAN JUAN.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 02. TOMO: 1510 NÚMERO LIBRO: 0087 NÚMERO FOLIO: 0124. NÚMERO FINCA: 005192RVA56.

Deudor: GARCÍA DELGADO OSCAR.

Interesado: NURICA MOLINA CHECA.

Domicilio: CL SIERRA CONTRAVIESA, 28 2º C- 28053 MADRID.

C.C.C. 280399936145 Exp.: 28/05/09/00342513.

N. Documento: 28 05 501 09 075408995.

Periodo del 12/2008 a 03/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 979,60.

Recargo Apremio: 195,93.

Intereses: 41,30.

Costas: 110,00.

TOTAL DÉBITOS: 1.326,97.

DATOS FINCA URBANA:

GANANCIAL CL SIERRA CONTRAVIESA, 28 2º C – 28053 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 19. TOMO: 0908 NÚMERO LIBRO: 0908 NÚMERO FOLIO: 0060. NÚMERO FINCA: 021221.

Deudor: EL MAAROUFI ABDESSELEM.

Interesado: BROJI EP EL MAAROUFI, NAJAT.

Domicilio: CL SAAVEDRA FAJARDO, 20 5º C- 28047 MADRID.

C.C.C. 281074299992 Exp.: 28/05/09/00361206.

N. Documento: 28 05 501 09 074546305.

Periodo del 01/2009 a 02/2009 Regimen: RETA.

Importe principal: 498,36.

Recargo Apremio: 99,68.

Intereses: 21,83.

Costas: 10,46.

TOTAL DÉBITOS: 630,33.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DOMINIO CL EULOGIO JIMÉNEZ, 22 – 45930 MÉNTRIDA.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 01. TOMO: 1168 NÚMERO LIBRO: 0182 NÚMERO FOLIO: 0059. NÚMERO FINCA: 007100.

Interesado: BLANCO JIMÉNEZ ÁGUEDA.

Interesado: CASALLO BLANCO SONIA.

Interesado: CASALLO BLANCO CRISTINA.

Interesado: CASALLO FERNÁNDEZ ANA.

Interesado: CASALLO BLANCO DANIEL.

Domicilio: CL DUQUESA DE PARCENT, 40 4º D- 28047 MADRID.

C.C.C. 280171937746 Exp.: 28/18/94/02979852.

N. Documento: 28 05 501 10 010361986.

Periodo del 01/1992 a 02/1999 Regimen: RETA.

Importe principal: 6.799,23.

Recargo Apremio: 2.365,28.

Intereses: 0,00.

Costas: 900,00.

TOTAL DÉBITOS: 10.064,51.

DATOS FINCA URBANA:

7,1% PL. DO. Y 7% NUDA P. CL DUQUESA DE PARCENT, 40 4º D – 28047 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 09. TOMO: 0355 NÚMERO LIBRO: 0355 NÚMERO FOLIO: 0170. NÚMERO FINCA: 027479.

Deudor: RAMOS BAÑÓN ALBERTO.

Interesado: CORREAL MARASSA SONIA.

Domicilio: CL JOSÉ DE CADALSO, 25 6º C- 28044 MADRID.

C.C.C. 280406178703 Exp.: 28/05/96/00059820.

N. Documento: 28 05 501 10 006672350.

Periodo del 07/1996 a 12/1997 Regimen: RETA.

Importe principal: 3.424,42.

Recargo Apremio: 1.198,56.

Intereses: 0,00.

Costas: 410,46.

TOTAL DÉBITOS: 5.033,44.

DATOS FINCA URBANA:

½ PL. DO. CL JOSÉ MARÍA PEMÁN, 35 5º E – 28019 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 31. TOMO: 2553 NÚMERO LIBRO: 2553 NÚMERO FOLIO: 0020. NÚMERO FINCA: 033193.

Deudor: NAVARRO GALLEGO AMADOR.

Interesado: GRISELDA RODRÍGUEZ GORVIA.

Domicilio: CL JUAN TORNERO, 39- 28011 MADRID.

C.C.C. 28025862402 Exp.: 28/05/06/00064057.

N. Documento: 28 05 501 10 012576418.

Periodo del 08/2007 a 06/2009 Regimen: RETA Y R. GRAL.

Importe principal: 6.316,23.

Recargo Apremio: 1.263,26.

Intereses: 681,10.

Costas: 700,00.

TOTAL DÉBITOS: 8.960,59.

DATOS FINCA URBANA: GANANCIAL CL JUAN TORNERO, 39 SÓT. – 28011 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 25. TOMO: 1882 NÚMERO LIBRO: 1882 NÚMERO FOLIO: 0159. NÚMERO FINCA: 053447.

Interesado: TWINSET, S.A.

Domicilio: CL PUJADAS, 81-83- 08700 IGUALADA (BARCELONA).

C.C.C. Exp.: 28/05/06/00064057.

N. Documento: 28 05 501 08 015717644.

Periodo del 10/2006 a 07/2007 Regimen: RETA.

Importe principal: 2.336,13.

Recargo Apremio: 467,25.

Intereses: 150,85.

Costas: 290,46.

TOTAL DÉBITOS: 3.244,09.

DATOS FINCA URBANA: PL. DOMINIO PP SANTA MARÍA DE LA CABEZA, 66 12 B – 28045 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 13. TOMO: NÚMERO LIBRO: 1521 NÚMERO FOLIO: 0136. NÚMERO FINCA: 032132.

Interesado: LÓPEZ LOZANO ANDRÉS.

Domicilio: CL CARRIL DE CONDE, 106 – 28043 MADRID.

C.C.C. 281048880538 Exp.: 28/05/07/00444913.

N. Documento: 28 05 501 08 025783820.

Periodo del 03/2007 a 09/2007 Regimen: RETA.

Importe principal: 1.178,79.

Recargo Apremio: 235,77.

Intereses: 66,46.

Costas: 150,46.

TOTAL DÉBITOS: 1.631,48.

DATOS FINCA URBANA: 50% PLENO DOMINIO CL FERELUZ, 43 BJ 1 – 28039 MADRID.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 18. TOMO: 1205 NÚMERO LIBRO: 0296 NÚMERO FOLIO: 0039. NÚMERO FINCA: 020499.

MADRID, A 29 ABRIL 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Jesus Diego Gonzalez Daneo.

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL MADRID.

Unidad Recaudación Ejecutiva n.28/05.

EDICTO NOTIFICACIÓN A ADMINISTRADOR SOCIEDAD.

El Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social de la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 28/05 de las de Madrid, con domicilio en la calle Maqueda núm. 138.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra las sociedades que se citan en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, se procedió a dictar notificación a los administradores, que fue devuelta por el servicio de correos y cuyo texto es el siguiente:

De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que las personas físicas relacionadas, son administrador o miembro del Consejo de Administración de la empresa también relacionada la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a la deuda que figura, correspondientes al período que se hace constar.

De la información obrante en el citado expediente se deducen indicios de que pudiera haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que se describen en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12- 89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c) , d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia.

En el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 12 y 13 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por del R.D. 1415/2004, del de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ha dictado el siguiente:

ACUERDO: Iniciar el procedimiento de derivación de responsabilidad previsto en los artículos 15,3 y 104 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por incumplimiento del deber del administrador de convocar junta para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo indicios de a e existe causa cara ello.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B, O, E. del 27) y 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en redacción dada por el R. D. 897/2009, de 22 de mayo (B. O. E. del 15 de junio), dispone de un plazo de 15 días hábiles, a partir del siguiente a la notificación del presente acuerdo, a fin de que pueda efectuar las alegaciones que estime oportunas y presentar las pruebas y documentos que considere pertinentes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias debidamente inscritos en el Registro Mercantil y liquidación del impuesto de sociedades de los últimos ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.

Exp.: Administrador Sociedad Mercantil Deuda Periodo.

28051000014659, PETRIUT DUMITRU, CONSTRUCCIONES TRESONIC S.L., 8.723,72 EUROS.

28050,00427082 RAMONA PEREZ ACOSTA, AMBULANCIAS ANGEL GUARDIA SL, 20.678,26 EUROS.

28050900427082 HENRY LUIS SZUREK SOLER, AMBULANCIAS ANGEL GUARDIA SL ,20.678,26 EUROS.

28050900333636 BARRERA LAZARO.- JOSE, BARRERA ZAMORA REFORMAS SL., 7.170,27 EUROS.

280507419449 ARTUR ROBERT TRUBUS, KROPELKA POLSKI SL. 50.376,70 EUROS.

28050900435166 JUAN MANUEL TRADO ANGELO, CONSTRUCCIONES Y OBRAS DE EDIFICIOS TIRADO S.L., 9.393,97 EUROS.

MADRID A 29 ABRIL 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Jesus Diego Gonzalez Daneo.

URE 28/07.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES MUEBLES.

D. ANTONIO LÓPEZ LÓPEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/07 de Madrid, con domicilio en la calle Guzmán el Bueno número 30.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra INTEC. CLIMATIZACIÓN Y CONSTRUCCIÓN S.L., C.I.F. B84311976, por deudas a la Seguridad Social cuyo importe más abajo se indica, se procedió con fecha 17 de enero de 2008 al embargo de bienes muebles de su propiedad. Como interesado, y al no haber sido posible la notificación en los domicilios conocidos, se le notifica por medio del presente EDICTO, que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe a continuación, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

IMPORTE DE LA DEUDA: PRINCIPAL: 93.142,39. RECARGO: 28.100,48. INTERESES: 10.668,82. COSTAS: 0,00. TOTAL: 131.911,69 euros.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN: Vehículo marca MERCEDES-BENZ modelo: CLK 270 CD. Matrícula: 1002CVZ.

IMPORTE DE LA TASACIÓN: 24.040,00 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que han sido trabados, en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. En caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamente General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (““Boletín Oficial del Estado”” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Madrid, a 29 de abril de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Antonio López López.

URE 28/08.

EDICTO.

NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENES MUEBLES.

D. Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor CONST. LORENZO Y ZAPATA SERVICIOS INTEGRALES, expediente número 28 08 08 00376887, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 06 de abril de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor arriba referenciado , que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 15 de junio de 2010, a las 10:00 horas, en C/ Agustín de Foxá, 28-30 (Madrid) , y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” Del 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los abajo indicados.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio:

NUMERO DE LOTE: 1.

BIEN: MERCEDES-BENZ 316CDI 8659CFM.

VALOR DE TASACION: 6.800,00.

CARGA PREFERENTE: 6.611,83.

VALOR BIEN: 4.188,17.

VALOR DEL LOTE: 4.188,17.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo , intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, 27 de abril de 2010.-El jefe de la Unidad, Agustín Rama Manzano.

EDICTO.

NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENES MUEBLES.

D. Agustín Rama Manzano, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de Madrid, C/ Juan de Urbieta, 44.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor GOMEZ SANTIAGO ALICIA, expediente número 28 08 08 00336875, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 06 de abril de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor arriba referenciado , que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 15 de junio de 2010, a las 10:00 horas, en C/ Agustín de Foxá, 28-30 (Madrid) , y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (“Boletín Oficial del Estado” Del 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los abajo indicados.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio:

NUMERO DE LOTE: 1.

BIEN: CAFETERA EXPOZAR 2PORTAS NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 1.387,50.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 1.387,50.

BIEN: FREIDORA NIVIFRIT 2 SENOS.

NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 646,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 646,00.

VALOR DEL LOTE: 2.033,50.

NUMERO DE LOTE: 2.

BIEN: NEVERA LORECO DE 3 PUERTAS.

NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 720.00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 720,00.

BIEN: ARCON CONGELADOR.

NUM. OBJ: 1.

VALOR DE TASACION: 200,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 200,00.

BIEN: COCINA A GAS DE 4 FUEGOS.

NOM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 840,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 840,00.

BIEN: PLANCHA A GAS.

NUM. OBJ. : 1.

VALOR DE TASACION: 240,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 240,00.

BIEN: CORTADORA FIAMBRES.

ELECT. NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 130,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 130,00.

VALOR DEL LOTE: 2.130,00.

NUMERO DE LOTE: 3.

BIEN: NEVERA TRES PUERTAS.

NUM. OBJ. : 1.

VALOR DE TASACION: 1.800,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 1.800,00.

BIEN FABRICADORA DE HIELO.

NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 705,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 705,00.

VALOR LOTE: 2.505,00.

NUMERO DE LOTE: 4.

BIEN: LAVAVAJILLAS GEMI.

NUM OBJ.: 2.

VALOR DE TASACION: 840,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 840,00.

BIEN: VITRINA DE SIETE.

BANDEJAS, NUM. OBJ.: 1.

VALOR DE TASACION: 260,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 260,00.

BIEN: TELEVISORES PHILIPS DE.

40 PULGADAS, NUM OBJ.: 2.

VALOR DE TASACION: 1.140,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 1.140,00.

VALOR LOTE: 2.240,00.

NUMERO DE LOTE: 5.

BIEN: MESAS DE TABLERO SINTECT.

PATA METAL NUM. OBJ.: 24.

VALOR DE TASACION: 691,20.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 691,20.

BIEN: SILLAS DE MADERA.

NUM OBJ.: 96.

VALOR DE TASACION: 1.920,00.

CARGA PREFERENTE: 0,00.

VALOR BIEN: 1.920,00.

VALOR LOTE: 2.611,20.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo , intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Se advierte por último que transcurridos OCHO DIAS desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el AYUNTAMIENTO correspondiente sin que haya comparecido el deudor o los cotitulares en las oficinas de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, 28 de abril de 2010.-El jefe de la Unidad, Agustín Rama Manzano.

URE 28/17.

D. Juan Luís Suárez Romero, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/17, con domicilio en el Pº de la Chopera, 92-94 de Alcobendas.

HAGO SABER: que con fecha de 06.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra SENIN 120, S.L., C.I.F. 0B81578411, expediente 28/17/09/1173/91, último domicilio conocido en Alcobendas, avd. Valdelaparra 4-3, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Lalin, garantizando la suma total de 31.475,87 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca número 40387 de Silleda, libro 247, tomo 0873, folio 118, anotación letra B y C.

Urbana número 3-A. Local B. Nave industrial, sita en la parcela número 43-C, hoy parcelas 1, 2 y 3 de la manzana 7 de la margen B del polígono o parque empresarial de Silleda area 33, ayuntamiento de Silleda, Pontevedra. Tiene una superficie construida y de ocupación en la parcela de 276,74 m2. Le corresponde como anejo el terreno situado a su frente, con una superficie de 110,70 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por compraventa.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 19.907,71 euros, comprensiva de 14.943,61 euros de principal, 2.988,72 euros de recargo, 918,73 euros de intereses, 56,65 euros de costas devengadas, y 1.000,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 19.907,71 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 51.383,58 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 08.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CONSTRUCCIONES AURELIAN DAN, S.L., C.I.F. 0B83096453, expediente 28/17/09/2499/59, último domicilio conocido en Fuente el Saz de Jarama, calle Torrelaguna 81-12, (28140), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Algete, garantizando la suma total de 60.077,31 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca número 6235 de Valdetorres, libro 070, tomo 3221, folio 206, anotación letra A.

Vivienda unifamiliar en Valdetorres de Jarama, calle Carmen Rico Godoy 8, urbanización Silillos Norte, superficie del terreno 2.495,50 m2. La vivienda está compuesta de planta baja de 186 m2 y superior de 80 m2, y ocupa en planta 186 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por título de compraventa.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 24.630,99 euros, comprensiva de 17.013,45 euros de principal, 3.402,69 euros de recargo, 712,41 euros de intereses, 1.302,44 euros de costas devengadas, y 2.200,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 24.630,99 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 84.708,30 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 23.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MOREL MOREL ANGEL MANUEL, C.I.F. 0X1775546S, expediente 28/17/07/2713/25, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Silvio Abad 5 (28700) y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de San Sebastian de los Reyes, garantizando la suma total de 5.344,37 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca número 24081 de San Sebastian Reyes, libro 1042, tomo 1263, folio 200, anotación letra A y B.

Vivienda en San Sebastian Reyes, calle Silvio Abad número 5, planta 4, puerta A. Superficie construida 77,53 m2. Titulares: -Angel Manuel Morel Morel 50% del pleno dominio con carácter privativo, lo que es objeto de este embargo; y –Lucia Encarnacion Batista 50% del pleno dominio con carácter privativo.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 2.064,09 euros, comprensiva de 1.466,10 euros de principal, 293,22 euros de recargo, 124,77 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas, y 180,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 2.064,09 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 7.408,46 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra NAVAS PELLICER MANUEL, C.I.F. 051345239Q, expediente 28/17/08/0032/87, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Av Sierra 14 (28700) y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de San Sebastian de los Reyes, garantizando la suma total de 2.215,41 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca número 9753 de San Sebastian Reyes, libro 0529, tomo 0639, folio 147, anotación letra F.

Vivienda en San Sebastian Reyes, Madrid, avenida Sierra 14, planta 4, puerta A. Superficie construida 93,06 m2. Titulares: -Manuel Navas Pellicer y Maria Carmen Pozo Gomez 100% del pleno dominio con carácter ganancial.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 4.588,68 euros, comprensiva de 3.170,99 euros de principal, 634,20 euros de recargo, 347,07 euros de intereses, 36,42 euros de costas devengadas, y 400,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 4.588,68 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 6.804,09 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 19.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra JUAN ANTONIO GIL ORTEGA, C.I.F. 051378086L, expediente 28/17/08/1355/52, último domicilio conocido en Valdetorres de Jarama, calle Gustavo Adolfo Bequer 16, (28150), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Algete, garantizando la suma total de 2.015,60 euros, que incluye el principal, el recargo y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

Finca número 9748 de Algete, libro 158, tomo 3175, folio 69, anotación letra G.

Finca en Algete, solar en avenida Cigarral, urbanización El Cigarral, con una superficie del terreno de 3.812,96 m2. Linda: al norte, en línea de 17,80 m con la calle Las Plantas frente al bloque 12; al sur, en línea de 45 m con la calle Valserrano; al este, en línea de 118 m con solar del ayuntamiento y calle Las Plantas, con vuela a la calle Valserrano. Es parcela destinada a uso deportivo exclusivamente. Es titular del 0,13 % del pleno dominio por título de compraventa con carácter privativo, lo que es objeto de este embargo.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, y que corresponden al siguiente detalle: total débitos: 2.825,76 euros, comprensiva de 1.954,80 euros de principal, 390,96 euros de recargo, 230,00 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas, y 250,00 euros de costas presupuestas.

Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 2.825,76 euros, con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 4.841,36 euros.

De la citada ampliación de embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de VALDETORRES DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 03.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ESCOBOSA RODRIGUEZ ANA BELEN, C.I.F. 051071005B, expediente 28/17/09/0151/39, último domicilio conocido en Alcobendas, La Cruz 12, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda unifamiliar en Valdemanco, calle Hoya 12, superficie construida 126 m2, del terreno 1.200 m2, tiene dos plantas. Titulares: -Ana Belén Escobosa Rodriguez 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Santiago Jesus Barreiro Augusto 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna, tomo 1262, libro 26, folio 72, finca 1212 de Valdemanco.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 1.958,01 euros, comprensiva de 1.457,30 euros de principal, 291,48 euros de recargo, 59,23 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 150,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 01/2009, 12/2008, 03/2009, 05/2009, 06/2009, 08/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra FERNANDEZ POLO JOSE ISIDORO, C.I.F. 076009835X, expediente 28/17/07/1654/33, último domicilio conocido en Alcobendas, Libertad 41, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Finca número 02:

Local comercial en Algete, calle Virtudes 12, portal 4, planta baja. Superficie construida 59,21 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por compraventa con carácter privativo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3354, libro 0241, folio 0104, finca 004598 de Algete.

Finca número 03:

Vivienda en Alcobendas, calle Huesca 33, planta baja. Superficie útil 35,18 m2 Es titular del 100% del pleno dominio con carácter privativo por título de cambio de uso y división horizontal.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas número 2, tomo 1646, libro 1331, folio 0217, finca 053020 de Alcobendas.

Finca número 04:

Vivienda en Alcobendas, calle Huesca 33, planta baja. Superficie útil 30,72 m2. Es titular del 100% del pleno dominio con carácter privativo por titulo de cambio de uso y división horizontal.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcobendas número 2, tomo 1646, libro 1331, folio 0223, finca 053024 de Alcobendas.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 10.963,95 euros, comprensiva de 7.262,14 euros de principal, 1.452,48 euros de recargo, 926,30 euros de intereses, 523,03 euros de costas devengadas y 800,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS:11/2006, 12/2006, 01/2007, 02/2007, 03/2007, 05/2007, 06/2007, 07/2007, 08/2007, 09/2007, 10/2007, 11/2007, 12/2007, 01/2008, 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 24.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra GONZALEZ ORDOÑEZ ROSA, C.I.F. 052123148L, expediente 28/17/08/3432/92, último domicilio conocido en Alcobendas, Constitución 58, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Urbana vivienda aislada de Trijueque, Guadalajara, calle parcela número 168 del sector 11, localización Magnolio. Superficie construida 107 m2. Superficie del terreno 694 m2. Es titular del pleno dominio de la totalidad de esta finca con carácter privativo, por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Brihuega, tomo 0987, libro 0060, folio 0029, finca 011188 de Trijueque.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 4.152,07 euros, comprensiva de 2.937,03 euros de principal, 587,41 euros de recargo, 277,63 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 350,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS:02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 19.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra PILAR LOPEZ GIL LEON, C.I.F. 000628429T, expediente 28/17/09/0431/28, último domicilio conocido en Alcobendas, Gloria Fuertes 9, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Urbana 1.- sótano comercial, destinado a garaje, con tres plantas de sótano y entrada por baja, en los sótanos del inmueble calle Infanta Mercedes número 92. Tiene una superficie de 3.992,96 m2. Titulares: Lorenzo Gaston Magacha casado con Pilar Lopez Gil Leon en pleno dominio con carácter ganancial, por compraventa. Idufir 28094000157815.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 7 de Madrid, tomo 726, libro 523, folio 084, finca 6206 de Madrid.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 4.843,31 euros, comprensiva de 3.215,64 euros de principal, 643,13 euros de recargo, 595,43 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 380,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN: 2300; Periodo: 02/2005 01/2006.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 09.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra PEREZ RODRIGUEZ MARÍA CARMEN, C.I.F. 050635669L, expediente 28/17/08/3737/09, último domicilio conocido en Alcobendas, Dolores Ibarruri 17, (28100), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

CASA de dos plantas, sita en término municipal de El Espartal, anejo de El Vellon, en su calle carretera de El Vellon número 14. Tiene una superficie total construida de 146 m2. El solar tiene una superficie de 138 m2, siendo la superficie ocupada por la edificación de 73 m2. Titulares: -Naivi Perez Rodríguez 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa; y –Maria Carmen Perez Rodríguez 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa, lo que es objeto de este embargo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna, tomo 1424, libro 0071, folio 0090, finca 005268 de El Vellon.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 5.084,93 euros, comprensiva de 3.668,03 euros de principal, 733,62 euros de recargo, 283,28 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 400,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS:03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 23.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra ROGOZSAN MARIUS FLORIN, C.I.F. 0X4217426P, expediente 28/17/08/2895/40, último domicilio conocido en Algete, Valserrano 6, (28110), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en Algete, calle Valserrano 6, puerta B, planta B. Superficie construida 105,20 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3175, libro 158, folio 82, finca 5656 de Algete.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 3.453,99 euros, comprensiva de 2.443,02 euros de principal, 488,62 euros de recargo, 151,88 euros de intereses, 120,47 euros de costas devengadas y 250,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 01/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALGETE.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 14.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra BERZAL FERNANDEZ RICARDO, C.I.F. 051422633S, expediente 28/17/09/0448/45, último domicilio conocido en El Molar, Los Membrillos 3, (28710), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA en el Molar, calle Membrillos número 3, portal 3, planta 1, puerta B, superficie construida 87 m2, útil 77 m2. Tiene anejo el cuarto trastero número 20 en semisótano. Titulares: -Ricardo Berzal Fernandez 50% del pleno dominio con carácter privativo, por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Aurora Santiago Cortes 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastian de los Reyes número 2, tomo 837, libro 83, folio 114, finca 6529 de San Sebastian Reyes.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 10.668,56 euros, comprensiva de 7.745,98 euros de principal, 1.549,20 euros de recargo, 464,27 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 900,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN GENERAL: 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009.

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 05/2008, 08/2008, 09/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009, 07/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de EL MOLAR.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 09.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MARÍA DOLORES SANDE IGLESIAS, C.I.F. 033220953Y, expediente 28/17/09/1500/30, último domicilio conocido en El Molar, Almendro 7, (28710), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA de protección oficial de promoción pública, urbana número 92, piso letra B de planta 3ª con acceso por el portal F de edificio construido en la parcela R.6.2 del polígono de Fontiñas en Santiago de Compostela, con una superficie util de 65,85 m2. Tiene anejo una plaza de garaje y un trastero señalados con el número 90. Titulares: -Barcala Lopez Rodrigo ySande Iglesias Dolores 100% del pleno dominio con carácter ganancial por titulo de compra.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Santiago de Compostela, tomo 1143, libro 0169, folio 0196, finca 022075 de Santiago.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 7.000,62 euros, comprensiva de 5.060,67 euros de principal, 1.012,13 euros de recargo, 317,53 euros de intereses, 10,29 euros de costas devengadas y 600,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE HOGAR: 11 2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009.

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de EL MOLAR.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra VICTOR TRINIDAD NOLASCO, C.I.F. 053664302N, expediente 28/17/08/2472/05, último domicilio conocido en El Molar, Remolino 49, (28710), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

VIVIENDA en el municipio de El Molar, calle Remolino número 49, planta 1, puerta H, bloque A, superficie util 51,3 m2. Duplex situado en la planta primera y bajo cubierta. Titulares: -Victor Trinidad Nolasco y Dilma Padilla Horna 40% del pleno dominio con carácter ganancial por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Victor Dayvis, -Juan Sebastián y –Kent Nicol Trinidad Padilla 20% del pleno dominio con carácter privativo, cada uno de ellos.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes, tomo 1102, libro 0113, folio 0164, finca 007908 de El Molar.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 2.819,95 euros, comprensiva de 2.013,57 euros de principal, 447,60 euros de recargo, 149,87 euros de intereses, 8,91 euros de costas devengadas y 200,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE HOGAR: 02 1998/06 1998.

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 12/2007, 01/2008, 04/2008, 09/2008, 01/2009, 02/2009, 06/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de EL MOLAR.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra LOPEZ ACEBRON AGUSTIN, C.I.F. 002872862R, expediente 28/17/07/3888/36, último domicilio conocido en Fuente el Saz de Jarama, Almendralejo 1, (28140), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Rústica parcela 327 del polígono dos. Tierra en Fuente el Saz de Jarama, Madrid, al sitio conocido por el Canalizo, mide 8 areas 50 centiareas. Linda: norte, Estefano Rodriguez; sur, vereda del Canalizo; este, Eugenio Alcobendas; oeste, Mariano Mingo. Es titular del 100% del pleno dominio por título de compraventa con carácter privativo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3159, libro 93, folio 191, finca 5738 de Fuente el Saz de Jarama.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 1.118,63 euros, comprensiva de 785,28 euros de principal, 157,05 euros de recargo, 86,30 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 90,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 03/2008, 04/2008, 05/2008.

RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO: 10/2008, 11/2008, 12/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 02.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra NEIRA JUAN ALBERTO, C.I.F. 050169536G, expediente 28/17/09/0028/13, último domicilio conocido en Madrid, Veleta 13, (28023), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda de protección oficial en Madrid, calle Veleta número 13, planta baja, puerta 14. Anejos garaje 54 y trastero 5. Superficie útil 86,36 m2. Titular: Alberto Neira Juan 100% con carácter privativo por adjudicación por liquidación de sociedad conyugal, separado judicialmente.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 40, tomo 1467, libro 369, folio 156, finca 15773 de Madrid.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 3.395,37 euros, comprensiva de 2.401,42 euros de principal, 480,28 euros de recargo, 233,67 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 280,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de MADRID.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 01.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra SALCEDO DIEZ JAIME, C.I.F. 005244528e, expediente 28/17/08/4037/18, último domicilio conocido en Madrid, Enrique Leyra 6, (28035), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda unifamiliar adosada en Madrid, calle Enrique Leyra número 6. Ocupa en planta semisótano una superficie construida de 97,84 m2, su superficie útil total es de 255,09 m2. Está construida sobre una parcela de 265 m2. Titulares: Maria Carmen Muñoz Sanjuan casada con Jaime Salcedo Diez, con carácter ganancial, en pleno dominio.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 35, 54 y 55, tomo 2125, libro, folio 160, finca 8896 de Madrid.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 3.979,75 euros, comprensiva de 2.899,09 euros de principal, 579,84 euros de recargo, 191,71 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 300,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 05/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009, 06/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de MADRID.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 12.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra RAMON RAMIREZ PEREZ, C.I.F. 051647878K, expediente 28/17/09/4957/92, último domicilio conocido en Rivas-Vaciamadrid, Lago Constanza 62, (28529), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en Javea, Alicante, piso sin anejos en Fontana Luz de Javea II, bloque C, planta baja, puerta 2. Superficie de la construcción 132,37 m2. Tiene derecho e utilización exclusiva de zona ajardinada en su parte posterior. Titulares: Ramon Ramirez Perez y Carmen Sullca Vizconde 100% del pleno dominio con carácter ganancial por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Javea número 2, tomo 1869, libro 713, folio 136, finca 41404 de Javea.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 21.797,05 euros, comprensiva de 14.704,47 euros de principal, 2.940,89 euros de recargo, 2.624,36 euros de intereses, 27,33 euros de costas devengadas y 1.500,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN GENERAL: 02/2007, 03/2007, 05/2007, 06/2007, 09/2007, 11/2007, 08/2007, 02/2007, 06/2007, 08/2007, 09/2007, 11/2007, 12/2007, 01/2008, 02/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de RIVAS VACIAMADRID.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 11.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CONSTRUCCIONES Y REFORMAS SALAZAR FLORES, C.I.F. 0B35618891, expediente 28/17/09/2176/27, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Norte 2, (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en Montijo, Badajoz, calle Arriba número 5, planta 1 y 2. Superficie útil 88,59 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por compra.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Mérida número 2, tomo 1993, libro 276, folio 96, finca 20824 de Montijo.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 8.085,92 euros, comprensiva de 5.693,41 euros de principal, 1.138,68 euros de recargo, 498,44 euros de intereses, 155,39 euros de costas devengadas y 600,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN GENERAL: 08/2008, 09/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 22.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CRUZ VALERO JOSE LUIS, C.I.F. 07469360H, expediente 28/17/08/0140/01, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Avd. Castilla la Mancha 136, (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en San Sebastian Reyes, avenida Castilla la Mancha 136, planta 2 y 1, puerta 9. Superficie útil 86,94 m2. Titulares: Jose Luis Cruz Valero y Maria Rosa Martin Cardoso 100% del pleno dominio con carácter ganancial.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastian Reyes, tomo 678, libro 564, folio 212, finca 34474 de San Sebastian Reyes.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 5.306,98 euros, comprensiva de 3.821,59 euros de principal, 764,34 euros de recargo, 321,05 euros de intereses, 0,00 euros de costas devengadas y 400,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL AUTONOMOS: 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009, 05/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 12.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CONSTRUCCIONES GALCON, S.L., C.I.F. 0B10010031, expediente 28/17/10/0195/13, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Principe 21, (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en San Lorenzo de El Escorial, calle Tenerife Tejel número 5, planta baja, puerta A. Superficie construida 78,10 m2 Es titular del 100% del pleno dominio por adjudicación en pago de deudas.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2, tomo 3153, libro 306, folio 32, finca 013457 de San Lorenzo de El Escorial.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 41.767,51 euros, comprensiva de 31.189,10 euros de principal, 6.237,82 euros de recargo, 1.211,67 euros de intereses, 128,92 euros de costas devengadas y 3.000,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN GENERAL: 04/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 25.02.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MORALES ARCE ANGEL, C.I.F. 053004438H, expediente 28/17/08/3804/76, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, San Onofre 2, (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda en San Sebastian Reyes, calle San Onofre número 2, planta 3, puerta D, superficie construida 65,31 m2. Titulares: -Angel Morales Arce 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa, lo que es objeto de este embargo; y –Maria Dolores Colomino Martinez 50% del pleno dominio con carácter privativo por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastian Reyes número 2, tomo 869, libro 726, folio 224, finca 7018 de San Sebastian Reyes.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 3.123,27 euros, comprensiva de 2.207,23 euros de principal, 441,45 euros de recargo, 215,48 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 250,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL AUTONOMOS: 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 07/2008, 08/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 12.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra NAVAS PELLICES MANUEL, C.I.F. 051345239Q, expediente 28/17/08/0032/87, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Avd. Sierra 14, (28700), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Urbana 15, en término de Torrevieja, Alicante, hacienda Manguillar del Torrejon, urbanización Torreblanca, forma parte del conjunto Pueblo Marino, fase tercera, en su bloque 10, vivienda tipo C, en planta baja. Mirando desde la calle Perseo es la de la derecha. Superficie útil 42,80 m2. Tiene un jardín de 65 m2. Titulares: -Manuel Navas Pellicer 1/9 pleno dominio + 1/18 nuda propiedad por titulo de herencia con carácter privativo lo que es objeto de este embargo; y –Felisa Pellicer Macon ½ pleno dominio + 1/6 usufructo por herencia con carácter privativo; y –Maria Luisa, y –Pedro Navas Pellicer 1/9 pleno dominio + 1/18 nuda propiedad por herencia con carácter privativo, cada uno de ellos.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrevieja número 3, tomo 2301, libro 1162, folio 185, finca 085952 de Torrevieja.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 6.469,84 euros, comprensiva de 4.446,14 euros de principal, 889,24 euros de recargo, 588,93 euros de intereses, 45,53 euros de costas devengadas y 500,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL AUTONOMOS:06/2007, 07/2007, 08/2007,09/2007, 10/2007, 11/2007, 12/2007, 01/2008, 02/2008, 03/2008, 04/2008, 05/2008, 06/2008, 08/2008, 07/2008, 09/2008, 10/2008, 11/2008, 12/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 02.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra BARQUILLA CARVAJAL BUENAVENTURA, C.I.F. 007501994S, expediente 28/17/08/4040/21, último domicilio conocido en Valdetorres de Jarama, las Villas 9, (28150), y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

Vivienda unifamiliar en El Casar, Guadalajara, calle Burgos 1479, urbanización El Coto, parcela 1479. Superficie construida 154,28 m2, útil 134,53 m2. Superficie del terreno 540 m2. Titulares: Barquilla Carvajal Buenaventura y Alicia Alejandre Nuñez 100% del pleno dominio con carácter ganancial por compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Guadalajara número 3, tomo 1586, libro 080, folio 128, finca 06850 de El Casar.

DÉBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 2.785,95 euros, comprensiva de 1.999,76 euros de principal, 399,97 euros de recargo, 147,11 euros de intereses, 9,11 euros de costas devengadas y 230,00 euros de costas presupuestadas, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS: 05/2008, 06/2008, 07/2008, 09/2008, 11/2008, 01/2009, 02/2009, 03/2009, 04/2009.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de VALDETORRES DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha de 12.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE PRORROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO POR 4 AÑOS,.

"DILIGENCIA: De las actuaciones del expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido con el deudor, ALCOLEA ESPINOSA A JOSE CRUZ, C.I.F. 70736106C, expediente 28/17/04/0620/82, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Palencia, 2 (28700), resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de SAN SEBASTIAN REYES, garantizando la suma total de 667,00 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con la letra que se indica:

Vivienda en San Sebastian Reyes, calle Palencia 2, portal 1, planta 1, puerta 2. Superficie construida 130 m2, superficie útil 95 m2. Titulares: Jose Cruz Alcolea Espinosa y Maria Carmen Alcolea Espinosa 100% del pleno dominio con carácter ganancial.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastian Reyes, tomo 475, libro 389, folio 215, finca 27610 de San Sebastian Reyes Anotación letra G.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dicha finca.

ACUERDO solicitar del Registrador de la Propiedad de SAN SEBASTIAN REYES, la prórroga por un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de la finca indicada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

HAGO SABER: que con fecha de 12.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

DILIGENCIA DE PRORROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO POR 4 AÑOS,.

"DILIGENCIA: De las actuaciones del expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido con el deudor, LAMA PARDO FRANCISCO JAVIER, C.I.F. 001497541B, expediente 28/17/05/1210/20, último domicilio conocido en San Sebastian Reyes, Sacramento 11 (28700), resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan a continuación, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de SAN SEBASTIAN REYES, garantizando la suma total de 2.523,89 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con la letra que se indica:

URBANA Vivienda en San Sebastian Reyes, travesia del Sacramento, 11, escalera 4, planta 3, puerta A, bloque 3. Superficie construida de 87,45 m2. Titular: Francisco Javier Lama Pardo, 100% del pleno dominio con carácter privativo por titulo de herencia.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de San Sebastian Reyes, tomo 764, libro 639, folio 167, finca 16858 de San Sebastian Reyes Anotación letra A.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dicha finca.

ACUERDO solicitar del Registrador de la Propiedad de SAN SEBASTIAN REYES, la prórroga por un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de la finca indicada, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

HAGO SABER: que con fecha 30.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra VILLANUEVA RAMOS IGNACIO, C.I.F. 005206027T, expediente 28/17/08/2468/01, último domicilio conocido en ALCOBENDAS, Lirio 6, (28100) por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 01.02.2010 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados pertenecientes al mismo que a continuación se describen, han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda:

IMPORTE DE LA DEUDA: Principal: 3.701,84, euros, Recargo: 740,39 euros, Intereses: 258,79 euros, Costas: 307,88, Total: 5.008,90 euros.

Garaje en Algete, calle Mayor 31, planta sotano, número orden 11, superficie construida 10,11 m2. El garaje tiene acceso directo por medio de una rampa que baja desde la calle Caldo. Es titular del 100% del pleno dominio por titulo de compraventa con carácter privativo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3447, libro 287, folio 193, finca 12604.

Importe de Tasación: 13.143,00 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existen discrepancias entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria y, de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado, todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio).

Notifíquese mediante edicto que se publicará en el tablón de anuncios de la Alcaldía de ALCOBENDAS.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha 05.03.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CONSTRUCCIONES AURELIAN DAN S.L., C.I.F. B83096453, expediente 28/17/09/2499/59, último domicilio conocido en FUENTE EL SAZ DE JARAMA, calle Torrelaguna 81, (28140) por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 20.08.2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados pertenecientes al mismo que a continuación se describen, han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda:

IMPORTE DE LA DEUDA: Principal: 61.411,05 euros, Recargo: 12.687,86 euros, Intereses: 4.188,27 euros, Costas: 1.302,44, Total: 79.589,62 euros.

URBANA vivienda unifamiliar en Valdetorres de Jarama, calle Carmen Rico Godoy 8, urbanización Silillos Norte, superficie del terreno 2.495,50 m2. Vivienda varias planta: baja de 186 m2, superior de 80 m2. Ocupa en planta 186 m2. Es titular del 100% del pleno dominio por título de compraventa.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Algete, tomo 3221, libro 70, folio 206, finca 6235.

Importe de Tasación: 320.530,00 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existen discrepancias entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria y, de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado, todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio).

Notifíquese mediante edicto que se publicará en el tablón de anuncios de la Alcaldía de FUENTE EL SAZ DE JARAMA.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

HAGO SABER: que con fecha 09.04.2010 he dictado la siguiente diligencia en el expediente que se expresa:

NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MATEO IBAÑEZ ANTONIO, C.I.F. 005892412L, expediente 28/17/08/0054/12, último domicilio conocido en SAN SEBASTIAN REYES, Avd. Madrid 24, (28700) por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido con fecha 08.05.2009 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados pertenecientes al mismo que a continuación se describen, han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda:

IMPORTE DE LA DEUDA: Principal: 5.711,17 euros, Recargo: 1.142,21 euros, Intereses: 327,51 euros, Costas: 434,67, Total: 7.615,56 euros.

RUSTICA tierra en Puertollano, al sitio Cabezuelo y Vereda, de caber 86 areas y 40 centiareas. Linda: norte, caretera de Argamasilla; saliente, herederos de Esteban Moelwa; MEDIODIA, EL Cordel; poniente, finca de Narciso Mateo Garre. Esta finca está cruzada de norte a sur, por el oleoducto de Campsa, ocupando el mismo una franja de unos 10 m. de ancho por unos 112 m. de largo, osea en toda la longitud de la finca. Titulares: -Antonio Mateo Ibañez una mitad indivisa, con carácter privativo por titulo de compra, lo que es objeto de este embargo; -Antonia Sanchez Garcia pleno dominio de mitad indivisa, con carácter privativo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodovar del Campo, tomo 1578, libro 433, folio 183, finca 25187.

Importe de Tasación: 17.040,32 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados, en el plazo de QUINCE DÍAS, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en caso necesario.

Si existen discrepancias entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, queda convocado en su calidad de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de los quince días siguientes al de la presentación de la peritación contradictoria y, de no hacerse así o cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado, todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio).

Notifíquese mediante edicto que se publicará en el tablón de anuncios de la Alcaldía de SAN SEBASTIAN REYES.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Alcobendas, 27 de abril de 2010, el recaudador ejecutivo, Juan Luis Suarez Romero.

URE 28/20.

EDICTO DE NOTIFICACION DE ACTOS DE GESTION DE RECAUDACION EJECUTIVA.

Doña Rosa Gismero Minguez, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/20, sita en la calle Mosquilona, 57 de Colmenar Viejo.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el último domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, ("“Boletín Oficial del Estado”" de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("“Boletín Oficial del Estado”" del 14), se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace público a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Y DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA 501 Y 504).

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia por deudas con la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe se indica a continuación.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, ("“Boletín Oficial del Estado”" del día 25) declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios Profesionales o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Expediente: 28200900179785 Tipo Identificador: 07 281129346886.

Nombre o razón social: Torrado Arenane Luis Alberto.

Domicilio: C/ Jardín de los Gladiolos, 6.

Localidad: 28412 El Balo.

Documento: 282050110009835459.

Principal: 11.303,76 euros Recargo: 2.260,77 euros.

Intereses: 660,61 euros Costas devengadas: 0,00 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 14.325,14 euros.

Fecha de la diligencia: 08/02/2010.

Cónyuge: Sandra Beatriz Silva.

Domicilio: C/ Jardín de los Gladiolos, 6.

Localidad: 28412 El Boalo.

Relación de bienes embargados.

Urbana.100 por 100 pleno dominio para su sociedad de gananciales. Parcela de terreno numero ciento catorce de la urbanizacion las praderas, en el termino municipal de el boalo-cerceda, hoy señalada con el numero seis de la calle jardin de los gladiolos. Sobre la misma existe construida una vivienda unifamiliar. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal, T.1244, L.141, F.67, F. 3533.

Expediente: 28200900024181 Tipo Identificador: 07.

280451618755.

Nombre o razón social: Marcos Esteban Jose Luis.

Domicilio: C/ Apoquindo, 25.

Localidad: 28411 Moralzarzal.

Documento: 282050109059122493.

Principal: 1.384,37 euros Recargo: 282,99 euros.

Intereses: 75,70 euros Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 1.853,52 euros.

Fecha de la diligencia: 22/10/2009.

Cónyuge: Valeria Edith Noya Fernandez.

Domicilio: Av. General Fanjul, 99.

Localidad: 28044 Madrid.

Relación de bienes embargados.

Urbana.54,93% en pleno dominio con carácter privativo. Parcela en termino de Moralzarzal, hoy calle apoquindo, veinticinco. Tiene una superficie de trescientos cinco metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal. T.502, L.50, F. 222, F. 3834.

Expediente: 28200300143445 Tipo Identificador: 07 280292009905.

Nombre o razón social: Garcia Garcia Ricardo.

Domicilio: C/ Romero, 8.

Localidad: 28749 Alameda del Valle.

Documento: 282050410017119654.

Principal: 9.249,95 euros Recargo: 1.847,78 euros.

Intereses: 1.453,55 euros Costas devengadas: 0,00 euros.

Costas e intereses presupuestados: 0,00 euros.

TOTAL: 12.551,28 euros.

Fecha de la diligencia: 09/03/2010.

Cónyuge: Maria Angeles Bartolome Hoyo.

Domicilio: C/ Romero, 22.

Localidad: 28794 Alameda del Valle.

Relación de bienes embargados.

Urbana.-local comercial en Alameda del valle, c/ romero,22, con una superficie construida de 96m2.con carácter ganancial.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrelaguna.T.1037,L.25,F.52.F.2718.

Expediente: 28200900046514 Tipo Identificador: 07.

280456741466.

Nombre o razón social: Hector Oscar Biscioni Peratta.

Domicilio: Cr. Manzanares, 8.

Localidad: 28413 El Boalo.

Documento: 28 20 501 09 040302978.

Principal: 1.093,03 euros Recargo: 218,62 euros.

Intereses: 58,15 euros Costas devengadas: 0,00 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 1.469,80 euros.

Fecha de la diligencia: 17/07/2009.

Cónyuge: María Luisa Herrera Colazurda.

Domicilio: C/ Costa Azul, 18.-3ºA.

Localidad: 28400 Collado Villalba.

Relación de bienes embargados.

Urbana.100% pleno dominio con carácter ganancial. Piso en collado villalba, calle costa azul, número14 bloque 42, piso 3º puerta A. superficie 83 m2.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Collado Villalba número1.T.2584, L.467, F. 88, F. 10855.

Expediente: 28200900102084 Tipo Identificador: 07.

401002748855.

Nombre o razón social: Amadeo Bravo García.

Domicilio: C/ Herrerías, 18.

Localidad: 28760 Tres Cantos.

Documento: 28 20 501 09 051114640.

Principal: 4.206,50 euros Recargo: 841,30 euros.

Intereses: 219,40 euros Costas devengadas: 10,46 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 5.377,66 euros.

Fecha de la diligencia: 21/09/2009.

Cónyuge: Consuelo Alvarellos Bouzon.

Domicilio: C/ Herrerías, 18.

Localidad: 28760 Tres Cantos.

Relación de bienes embargados.

Urbana. 100% pleno dominio con carácter ganancial. Parcela de terreno numero 550, con una casa-chalet, en la calle turin,550, en el espinar. De la superficie total que ocupa la construcción, 169 m2 corresponden a la vivienda, y 30 m2 al garaje adosado.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Segovia número 2.T.3286, L. 183, F. 173, F.7510.

Expediente: 28200900170287 Tipo Identificador: 07 450900436574.

Nombre o razón social: Rodríguez Sánchez Miguel.

Domicilio: C/ Ríos Rosas, 42.-4ºB.

Localidad: 28003 Madrid.

Documento: 28 20 501 10 012690592.

Principal: 1.625,48 euros Recargo: 325,12 euros.

Intereses: 81,24 euros Costas devengadas: 100 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 2.142,30 euros.

Fecha de la diligencia: 23/02/2010.

Relación de bienes embargados.

Urbana.100% pleno dominio vivienda en Collado-Mediano, calle puerto rico. Superficie del terreno quinientos metros, treinta y dos decímetros cuadrados, construida: ciento sesenta y cuatro metros, cincuenta y cuatro decímetros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de El Escorial número2.T.2841, L.113,F.30,F.5302.

Expediente: 28200900193428 Tipo Identificador: 07.

280419114459.

Nombre o razón social: Fernández Carbajosa Angel.

Domicilio: C/ Carnicería, 33.

Localidad: 28794 Guadalix de la Sierra.

Documento: 28 20 501 09 064659274.

Principal: 987,06 euros Recargo: 197,42 euros.

Intereses: 44,67 euros Costas devengadas: 100 euros.

Costas e intereses presupuestados: 100 euros.

TOTAL: 1.339,61 euros.

Fecha de la diligencia: 10/11/2009.

Relación de bienes embargados.

Urbana.100% pleno dominio. Vivienda en planta segunda letra A del portal numero dos, del edificio en Guadalix de la Sierra, calle carnicería, numero treinta y tres. Ocupa una superficie total construida de sesenta y nueve con noventa y ocho metros cuadrados y útil de sesenta y uno con diecinueve metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo número2- T.842, L.86, F.132, F.5547.

Expediente: 28069600033633 Tipo Identificador: 07.

280346969903.

Nombre o razón social: Solís Hernandez Ricardo.

Domicilio: C/ Salvadios, 20.

Localidad: 28770 Colmenar Viejo.

Documento: 28 20 504 10 013562279.

Principal: 1.222,02 euros Recargo: 244,43 euros.

Intereses: 54,75 euros Costas devengadas: 617,55 euros.

Costas e intereses presupuestados 0,00 euros.

TOTAL: 2.138,75 euros.

Fecha de la diligencia: 26/02/2010.

Relación de bienes embargados.

Rustica: 100% pleno dominio.Tierra sobre la que se han construido varias naves. Finca de 66 áreas y 68 centiáreas, en término municipal de Madrid.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Madrid número 20. T.1162, L. 170, F. 52, F. 15069.

EDICTO DE NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES EMBARGADOS.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor J.LUIS JARABO ARRIBAS con DNI. 051624636D, cuyo último domicilio conocido es C/ Capellania local 2-25 en Moralzarzal (Madrid) por deudas a la Seguridad Social por importe principal: 4.662,79 euros, recargo: 932,62 euros, intereses: 979,53 euros, costas: 370,32 euros, y total: 6.945,26 euros, se ha producido con fecha 13.06.2006 al embargo de bienes inmuebles de propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta unidad de Recaudación Ejecutiva, según se detalla al pie de este edicto, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla:

Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de recaudación ejecutiva solicitará de los Colegios de Asociaciones Profesionales o Mercantiles oportunos, la designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 ("“Boletín Oficial del Estado”" del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición del deudor, se expide el presente edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 junio ("“Boletín Oficial del Estado”" del día 29), significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado reglamento, lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre , "“Boletín Oficial del Estado”" del día 27, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN EMBARGADO:

URBANA. 100 por 100 pleno dominio con carácter ganancial.Vivienda en el municipio de Castillejo de Mesleon, en la urbanizacion Soto Pinilla, calle la mata, número144.Superficie de terreno 6510m2, superficie construida 232.4m2. Inscrita en el Registro de Tuy, al Tomo 1670, Libro 48, Folio 115, Finca 5792.

IMPORTE DE TASACION: 260.288,00 euros.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley eneral de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado”del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado”del 25), y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29).Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Mosquilona número 57 de Colmenar Viejo.

Número del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI); Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE); Dirección del envío (DIRECCION ENVIO); Código Postal (CP); Localidad del envío (LOCALIDAD); Provincia del envío (PROVINCIA); Número del expte. Administrativo de apremio (NÚMERO EXPTE); Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de dministración (ENTIDAD MERCANTIL); Importe de la Deuda que tiene con la Seguridad Social (IMPORTE); Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

005427992s D. RUBEN MIRANDA ARIAS; CL GRAN VIA DE SAN FRANCISCO, 17 28005 MADRID – 282009244352 INSTALACIONES Y SISTEMAS MIRANDA, SL – 3972,02 EUROS DE 03/2008 A 01/2009.

033516722H. DOÑA GEMMA GONZALEZ ERVITI; CL ENCINAR, NÚMERO 1 28290 LAS ROZAS (MADRID) – 282008258166 – LA ARROCERA, SL – 30765,28 EUROS DE 01/2008 A 11/2009.

008670807Z. D. MANUEL ALVAREZ RODRIGUEZ; CL DE LA ARQUITECTURA, 20 28794 GUADALIX DE LA SIERRA (MADRID) – 282009244453 CONSTRUCCIONES Y REFORMAS YESMA, SL – 5236,92 EUROS DE 11/2008 A 02/2009.

00819692H D. CRISTOBAL FRANCISCO ALIAÑO PIÑA; AV. DE LA ERMITA, 2-b-BJC 28108 ALCOBENDAS (MADRID) – 282009244554 REPUESTOS INDUSTRIALES & MAQUINARIA AGRICOLA SECOYA, SL – 9942,33 EUROS DE 11/2008 A 06/2009.

051351812B D. LUIS MUÑOZ HERNANDEZ; CL. LA IGLESIA, 18 28752 LOZOYUELA-NAVAS-SIETEIGLESIAS (MADRID) 282009259712 MONTAJES ELECTRICOS MUÑOZ, S.L. – 17850,01 EUROS DE 04/2007 A 11/2009.

000693190Q D. JAVIER CARRIZO NIDO; Pº DE LOS PARQUES, 32 CH 4 C 28109 ALCOBENDAS MADRID – 282009124720 ESTRANO MAVERO, SL – 20101,73 EUROS DE 09/2008 A 12/2009.

070341590T DOÑA ANGELA LORIENTE LOPEZ; URB. LAS PRADERAS, JARDIN LOS BREZOS, 1 28412 EL BOALO MADRID – 282009302148 CNYBAR CONSTRCCIONES Y REFORMAS, SL – 11116,26 EUROS DE 01/2009 A 09/2009.

000402439P D. ENRIQUE JAVIER MORENO MARTIN; CL LA IGLESIA, 12 28411 MORALZARZAL MADRID – 282009158365.

PROMOCIONES RODAS MARIN, SL – 30490,80 EUROS DE 08/2008 A 11/2009.

050933397N D. RAMON ESCRIBANO GARCIA; C7 LA IGLESIA, 15 28492 MATAEELPINO MADRID – 28200895892 ESCRIBANO MORENO, SL – 20019,00 EUROS DE 09/2007 A 08/2009.

Colmenar Viejo, a 26 de ABRIL de 2010.—La Recaudadora Ejecutiva, Rosa Gismero Minguez.

URE 28/23.

EDICTO DE SOLICITUD DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA MARIA JOSÉ RAMÍREZ PALACIOS, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/23, con sede en la calle Juan de Toledo, 19, 28200, de San Lorenzo del Escorial (Madrid).

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” Del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por cusas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la siguiente.

DILIGENCIA: En cumplimiento de la Providencia de apremio, dictada en su día, al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en el presente expediente, que al día de la fecha ascienda a la cantidad total señalada en la relación.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que lo bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. En caso de discrepancia, si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario. La Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará a los Colegios Profesiones o Mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y será la definitivamente aplicable.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del citado Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de 10 días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de la publicación del presente edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” Del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

San Lorenzo de El Escorial, a 26 de abril de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, María José Ramírez Palacios.

CODIGO CUENTA COTIZACIÓN.-EXPEDIENTE.-NOMBRE/RAZÓN SOCIAL.-D.N.I./C.I.F..-CÓDIGO POSTAL.-LOCALIDAD.-PERÍODO DE LA DEUDA.-NOTIFICACION EN FORMA.-IMPORTE PRINCIPAL.-RECARGO DE APREMIO.-INTERESES.-COSTAS DEVENGADAS.-COSTAS PRESUPUESTADAS.-IMPORTETOTAL.-PROCEDIMIENTO.-NÚMERO DOCUMENTO.-DESCRIPCION REGISTRAL.

281073774172.-28230800450401.-MARCOS VERDE HERVAS.-70053847X.-28400.-COLLADO VILLALBA.-06/2008 – 03/2009.-AL DEUDOR.-2281,09.-456,22.-173,64.-0,00.-100,00.-3010,95.-DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.-28235010018678526.-Finca número 34362 del Registro de la Propiedad número 1 de Collado Villalba, vivienda sita en cl Asturias, 8, 3º B.-28400 Collado Villalba (Madrid). Se ha anotado el 100 % del pleno dominio, correspondiente al deudor.

281073774172.-28230800450401.-MARCOS VERDE HERVAS.-70053847X.-28400.-COLLADO VILLALBA.-06/2008 – 03/2009.-AL DEUDOR.-2281,09.-456,22.-173,64.-0,00.-100,00.-3010,95.-DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.-28235010018708838.-Finca número 34364 del Registro de la Propiedad número 1 de Collado Villalba, Trastero num. 2 en cl Onésimo Redondo, 6.-28400 Collado Villalba (Madrid). Se ha anotado el 100 % del pleno dominio, correspondiente al deudor.

URE 28/30.

EDICTO.

NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES.

Doña María Rosario Vázquez Peris, Recaudadora Ejecutiva de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/30 de la Tesorería General de la Seguridad Social de Móstoles, paseo de Arroyomolinos, número 59.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor REJILLA 20, S.L., con número de identificación fiscal 0B84544832, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 06 de abril de 2010, la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 15 de junio de 2010, a las 10:00 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30 de Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados, sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los abajo indicados.

En cumplimiento de dicha Providencia se publica el presente anuncio:

LOTE NUMERO 1 BIEN EMBARGADO: VEHICULO MARCA: RENAULT MODELO: KANGOO MATRICULA: 4382FDT.

Importe de la tasación: 8.500,00 euros.

Carga preferente: 0.

Tipo de subasta: 8.500,00 euros.

Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Móstoles, a 28 de abril de 2010.-La Jefa de la Unidad, María Rosario Vázquez Peris.

RESOLUCIONES.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es titular D. Rodrigo Mares Ramírez, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27/11/92), hace saber que a los trabajadores que a continuación se relacionan, se les ha dado de Alta, Baja ó Alta/Baja en el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, desde la fecha que asimismo se detalla.

Contra el presente acto podrán interponer recurso de alzada, ante la Jefa de la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, exponiendo las razones de hecho y fundamentos de derecho en que se base la pretensión, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27).

BAJAS DE OFICIO.-RÉG.ESP.TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

N.A.F.-Apellidos y Nombre.-Fecha real.-Fecha de efectos.

281281695591.-ALDOIU, Ion Robert.-30/11//2008.-30/11/2008.

281045776740.-ALONSO CANALDA, Alejandro.-30/11/2009.-30/11/2009.

021009824225.-ANCHEV VASILV, Asen.-31/01/2010.-31/01/2010.

281207179989.-APETRACHOIAE, Dan Constantin.-31/03/2008.-31/03/2008.

280400810862.-ARELLANO FERNANDEZ, Francisco Javier.-31/03/2008.-31/03/2008.

280385887010.-ARRISCADO DIAZ, Luis.-28/02/2010.-28/02/2010.

280913145159.-AYUSO JIMENEZ, Manuel.-31/12/1998.-31/12/1998.

281174615877.-BONESO, Rene Mariano.- 30/09/2008.-30/09/2008.

281200455667.-BULLA AMAYA, Carlos Julio.-31/01/2009.-31/01/2009.

280124605786.-CANO FERNANDEZ, Angel.-31/03/2007.-31/03/2007.

281087803608.-CEA GARIJO, Juan José.-31/03/2008.-31/03/2008.

281193465304.-CRANGASU, Constantin Cris.-31/10/2009.-31/10/2009.

281209077856.-DIASPARRA RAMOS, Maikol Alejandro.-31/03/2008.-31/03/2008.

281301931007.-DISPLASU, Marian Ionel.-31/03/2009.-31/03/2009.

190014580196.-EGIDO BENITO, Angel.-30/06/2008.-30/06/2009.

281119974161.-EL BOUYKOUBI, Mohammed.-31/03/2008.-31/03/2008.

281262612863.-ENE, Sebastian.-30/09/2008.-30/09.-2008.

281236753572.-EWORO EYANG, Eugenia Nichama.-31/05/2008.-31/05/2008.

281272041061.-FRACKIEWICZ, Arkadiusz Piotr.-30/06/2007.-30/06/2007.

280195890278.-GARCIA GARCIA, José.-28/02/2010.-28/02/2010.

280410888960.-GARCIA PEREZ, Francisco José.-31/10/2009.-31/10/2009.

281263890839.-GHIURCUTA, Daniel Vasile.-30/06/2008.-30/06/2008.

280262188667.-HERNANDEZ HERRERA, Enrique.-30/11/2009.-30/11/2009.

281295674204.-JACOB, Marian.-30/04/2008.-30/04/2008.

281245609066.-KLADIUSZ WIT, Radko.-31/08/2009.-31/08/2009.

280433347086.-LAFOZ QUINTERO, Roberto Carlos.-30/04/2009.-30/04/2009.

281174873232.-LEPADATU, Mironel.-31/10/2010.-31/10/2010.

281295954389.-LOPADEAN, Adrian.-31/07/2008.-31/07/2008.

281300781656.-MICHNEA, Ioan Alin.-31/08/2008.-31/08/2008.

281041486310.-MONTERO CLEMENTE, Sergio.-28/02/2010.-28/02/2010.

280332644821.-MORENO GARCIA, Rufino.-31/07/2009.-31/07/2009.

281276081719.-NECULA, Ion.-31/12/2008.-31/12/2008.

281302308293.-NEAMTU, Nicsor Cosmin.-31/01/2010.-31/01/2010.

091012892440.-PASCU, Marcel.-31/12/2008.-31/12/2008.

280446114310.-PEREZ DIAZ, Raquel.-31/12/2007.-31/12/2007.

281296900141.-POP, Sorin Viorel.-31/01/2010.-31/01/2010.

281286558224.-POP, Teodor Ioan.-28/02/2010.-28/02/2010.

281262883554.-POPA, Marin.- 31/12/2008.-31/12/2008.

281291031641.-PUSKAS, Daniel.-31/01/2008.-31/01/2008.

280347211995.-ROBLEDO INSUA, 31/08/2007.-31/08/2007.

280109768426.-RUMEU FERNANDEZ, Juan.-30/06/2009.-30/06/2009.

281229579818.-SAIN, Constantin Mari.-30/09/2008.-30/09/2008.

281048840223.-SANCHEZ CIVICOS, Maria Olga.-28/02/2010.-28/02/2010.

280174346275.-SANGUINO OLIVA, Santiago.-31/07/2009.-31/07/2009.

281255065354.-SELEARCA, Cristian George.-30/04/2008.-30/04/2008.

281203530365.-SEPPI, Cipriano Baustis.-31/10/2006.-31/10/2006.

281298821953.-SIRBU, Sergiu.-31/05/2008.-31/05/2008.

181051189710.-SOMNIC, Gheorghe.-30/09/2008.-30/09/2008.

281283442201.-SPOIALA, Ciprian Ionut.-31/05/2008.-31/05/2008.

281257726588.-STANESCU, Mircea.-31/03/2009.-31/03/2009.

281139446408.-STERNBERG, Simon.-31/07/2008.-31/07/2008.

281312368510.-STIRBU, Fani.-30/06/2009.-30/06/2009.

281150236343.-STRAATHOF, Jacobus Johanne.-31/08/2008.-31/08/2008.

281115186405.-TODINO PLA, Gabriel Luigino.-31/03/2009.-31/03/2009.

401005568424.-VASILEV CARKKVARSKI, Yordan.-30/09/2009.-30/09/2009.

100042834675.-YELMO RAMIREZ, Rosa.-30/11/2009.-30/11/2009.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 16 CUENCA.

Dirección Provincial de Cuenca.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 285 del 27 ) según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14 ), y habiéndose intentado la notificación al interesado, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar Resolución de la Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de esta Dirección Provincial de fecha 15 de febrero de 2010, sobre derivación de responsabilidad de la deuda generada por la mercantil VILLALBA Y ENRIQUE, S.L. (C.I.F.: B97372064) , a D. ANTONIO RUIZ CONDÉS (D.N.I.: 51666025-K), con ultimo domicilio conocido en LOS HUEROS (Madrid), calle Mayor, 53.

En virtud de los anterior, dispongo que el referido titular a sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial (C/ Parque San Julián, 7, 16001 CUENCA), en el plazo de DIEZ DIAS, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de darle traslado del contenido íntegro del citado acto administrativo.

Así mismo, se advierte al interesado que de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

Cuenca, 22 de marzo de 2010.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTIÓN RECUDATORIA, Carlos Contreras de Dios.

Dirección Provincial de Cuenca.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 285 del 27), según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), y habiéndose intentado la notificación a D. IÑIGO ERCE JAEN, (D.N.I.: 5205612E), con domicilio en (28231) LAS ROZAS.-(Madrid), Paseo Pinar, 35-2º-Izq., sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar escrito de esta Dirección Provincial de 16 de marzo de 2010, por el que se concede trámite de audiencia por un plazo no superior a quince días, a fin de que pueda formular las alegaciones y presentar la documentación que estime pertinente, en defensa de sus legítimos intereses, en el expediente de derivación de responsabilidad de la deuda generada por la empresa COMUNICACIÓN CALIGRAFICA, S.L., C.I.F.: B16246449.

En virtud de lo anterior, dispongo que el referido titular o sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial (C/. Parque San Julián, 7, 16001 CUENCA), en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de darle traslado del contenido íntegro del citado acto administrativo.

Así mismo, se advierte al interesado que de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

Cuenca, 30 de abril de 2010.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTIÓN RECAUDATORIA, Carlos Contreras de Dios.

PROVINCIA 18 GRANADA.

ALICIO MARTÍN RAMOS, JEFE DE LA UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL NÚMERO 18/03, CON SEDE EN MOTRIL HACE SABER:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

DILIGENCIA: En los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores que seguidamente se relacionan, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indican.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” Del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se relacionan.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a las cantidades reseñadas.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismo en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el presente acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a los dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” Del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42. 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” Del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Número de expediente: 18 03 04 00139610.

Número de documento: 18 03 504 09 018414271.

Acreedor: STRONYS, S.L.

Ultimo domicilio conocido: POZO BLANCO 15, 28946 – FUENLABRADA.

URBANA: Local. Tomo: 1133, Libro: 170, Folio: 163, Finca número: 20845 del registro Motril 1.

Apremiado: MORENO RAMIREZ JULIA.

Número de expediente: 18 03 09 00474805.

Número de documento: 18 03 501 09018603827.

Ultimo domicilio conocido: CHILE 45 (RESIDENCIAL LA DEHESA), 28350.-CIEMPOZUELOS.

URBANA: Vivienda. Tomo: 1266, Libro: 241, Folio: 61, Finca número: 14395 del registro.

Ciempozuelos.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Alicio Martín Ramos.

PROVINCIA 19 GUADALAJARA.

Administración 19/01.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN GUADALAJARA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27.11), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hacen públicas las resoluciones de BAJA DE OFICIO en el REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS, comprobándose que están generando deuda en el RETA, de los trabajadores que a continuación se relacionan, con la advertencia que contra estas resoluciones que no agotan la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada ante el Director de la Administración de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27).

N.A.F.-TRABAJADOR.-FECHA.-DOMICILIO.

230047388542.-JULIO RODRIGUEZ VALERO.-31-10-2009.-c/Miguel Angel, número 1 – 2º A – ALCALA DE HENARES (Madrid).

280327401969.-JOSE MARIA PEDRERO SUAREZ.-31-10-2009.-c/Nenúfar, número 9 – 1º.-3.-RIVAS-VACIAMADRID.

Guadalajara, a 1 de febrero de 2010.-LA DIRECTORA DE LA ADMINISTRACION EN FUNCIONES, Maria Pilar Orozco Ablanque.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCION DE DERIVACION DE RESPONSABILIDAD A LOS SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

La Jefe de la Sección de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27 de noviembre), ante la imposibilidad de notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado, comunica a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos comprendidos en la relación que se acompaña, por medio de este edicto:

- Resolución dictada por esta Dirección Provincial de declaración de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29/06/94), en la redacción dada por el artículo 12.2 de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11/12/03), en relación con el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25/06/04), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (RGRSS), según el cual, responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en aplicación de normas mercantiles ( Artículo 104 y 105 de la Ley 2/95, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24, incumplimiento por los administradores sociales de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial o el concurso de acreedores de la sociedad, como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio contable a menos de la mitad del capital social); así como las reclamaciones correspondientes por descubiertos de Seguridad Social, las cuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la LGSS, en la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003, podrán hacerse efectivas en los plazos indicados a continuación:

a) Notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso.

b) Notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatamente hábil posterior, en su caso.

Transcurrido el plazo citado sin que se haya justificado el ingreso de la deuda que se reclama, se iniciará el procedimiento de apremio, mediante la emisión de la providencia de apremio, con aplicación de los recargos e intereses previstos en los artículos 27 y 28 de la LGSS y 10 y 11 del RGRSS.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO DE ALZADA ante el Director Provincial de la TGSS, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 del RGRSS, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992. Su interposición no producirá la suspensión del procedimiento, excepto en los términos previstos en el artículo 30.5 de la LGSS y en el artículo 46 del RGRSS. Transcurridos tres meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa, podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo previsto en los artículos 42.4 y 43.2 de la Ley 30/1992.

ENTIDAD MERCANTIL: INSTALACIONES Y MANTENIMIENTOS HENARES, S.L. NIF 0B84869858, Fecha de la Resolución: 17 de marzo de 2010; DNI X02057162L l; NOMBRE: FATIHA NAZIH; DIRECCION ENVIO: CL ROSA CHACEL, número 5 piso 3º pta 8 ,28805 ALCALA DE HENARES (MADRID); EXPTE: 09/09; IMPORTE: 18.811,61 EUROS; PERIODO de la DEUDA: 02/2007 a 12/2007.

ENTIDAD MERCANTIL: GESTION DEPORTIVA GLOBAL, S.L. NIF 0B83834390, Fecha de la Resolución: 30 de marzo de 2010; DNI 03127119Q; NOMBRE: LUIS BARDAJI GARCIA; DIRECCION ENVIO: CL SERRANO, número 91 piso 7; 28006 MADRID ;EXPTE: 58/09; IMPORTE: 142.578,73 EUROS; PERIODO de la DEUDA :07/2007 a 09/2009.

Así mismo, se advierte a los interesados que la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

En Guadalajara, 28 de abril de 2010.-La jefe de la sección de procedimientos especiales, MARÍA Mercedes Antolín Magdaleno.

PROVINCIA 24 LEON.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LEÓN.

HACE SABER:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyos interesados, números de expediente y procedimientos se especifican a continuación.

Número Identificación: 25/1003284122.

Razón Social: Oumar Diedhiou.

Domicilio: C/ Relatores, número 12.-3º Izda.

C.P. Localidad: 28012 – MADRID.

Expediente: Derivación de responsabilidad solidaria ADM. 2010/51.

Procedimiento: Trámite de audiencia.

Número Identificación: 28/403940932.

Razón Social: Luís Martín Diego.

Domicilio: C/ Juan Portas, número 24-2º.

C.P. Localidad: 28053 – MADRID.

Expediente: Derivación de responsabilidad solidaria ADM. 2009/219.

Procedimiento: Resolución.

Número Identificación: 28/1038298343.

Razón Social: Fiona Victoria.

Domicilio: C/ Juan Portas, número 24-2º.

C.P. Localidad: 28053 – MADRID.

Expediente: Derivación de responsabilidad solidaria ADM. 2009/220.

Procedimiento: Resolución.

En virtud de lo anterior dispongo que el sujeto pasivo, obligado con la Seguridad Social indicado, o su representante debidamente acreditado, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial (Subdirección Provincial de Recaudación Ejecutiva, 3ª Planta), en el plazo de 10 días, contados desde el día siguiente a la publicación en el tablón de edictos de ese Ayuntamiento, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

EL DIRECTOR PROVINCIAL (P.D. de firma: Resolución de 2-5-2006 del Director Provincial de la TGSS), El SUBDIRECTOR RECAUDACION EJECUTIVA, José Ángel Garmilla Ruiz.

PROVINCIA 36 PONTEVEDRA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA DE EXPEDIENTE DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

Doña Blanca Carnero López, Subdirectora Provincial de Procedimientos Especiales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Pontevedra, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59,4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” de 27), a los sujetos interesados en los expedientes de derivación de responsabilidad solidaria comprendidos en la relación que se acompaña, ante la imposibilidad, por ausencia, paradero ignorado o rehusado, de comunicarles de forma personal y en su condición de interesados, la incoación de expediente administrativo para establecer la responsabilidad solidaria en el pago de las deudas contraídas con la Seguridad Social por empresas con las que han mantenido relación de socios/administradores, todo ello en base a lo dispuesto en los artículos 15 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29) y 2, 12 y 13 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25), se les hace saber que, atendiendo al contenido del artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación anteriormente indicado, se les pone de manifiesto el expediente relativo a la declaración de responsabilidad a la que antes se ha aludido, como interesados en el expediente, para que, si así conviene a su derecho, presente las alegaciones que estime convenientes en un plazo no superior a 15 días, en los términos señalados en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reseñada con anterioridade.

Para conocimiento del contenido de la correspondiente audiencia, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, ante los órganos responsables de su tramitación, en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Pontevedra, sita en la avda García Barbón, número 36-1º (36201 Vigo).

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA DE EXPEDIENTE DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDADE.

Doña Blanca Carnero López, Subdirectora Provincial de Procedementos Especiais da Dirección Provincial da Tesourería Xeral da Seguridade Social de Pontevedra, de acordo co disposto no art. 59.4 da Lei de réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común, do 26 de novembro de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” do 27), aos suxeitos interesados nos expedientes de derivación de responsabilidade solidaria comprendidos na relación que se acompaña, ante a imposibilidade, por ausencia, paradoiro ignorado ou refusado, de comunicarlles de forma persoal e na súa condición de interesados, a incoación de expediente administrativo para establecer a responsabilidade solidaria no pagamento das débedas contraídas coa Seguridade Social por empresas coas que mantiveron relación de socios/administradores, todo iso con base no disposto nos artígos 15 do Real Decreto Legislativo 1/1994, do 20 de xuño, polo que se aproba o texto refundido da Lei Xeral da Seguridade Social (“Boletín Oficial del Estado” do 29 e 2, 12 e 13 do Regulamento Xeral de Recadación da Seguridade Social, aprobado polo Real Decreto 1415/2004, do 11 de xuño (“Boletín Oficial del Estado” do 25), fáiselles saber que, atendendo ao contido do artigo 13.4 do Regulamento Xeral de Recadación anteriormente indicado, pónselles de manifiesto o expediente relativo á declaración de responsabilidade á que antes se aludiu, como interesados no expediente, para que, se así convén ao seu dereito, presenten as alegacións que estimen convenientes nun prazo no superior a 15 días, nos termos sinalados no artigo 84 da Lei 30/1992, do 26 de novembro, mencionada con anterioridade.

Para coñecemento do contido da correspondente audiencia, o interesado poderá comparecer, se o estima oportuno, ante os órganos responsables da súa tramitación, nesta Dirección Provincial da Tesourería Xeral da Seguridade Social de Pontevedra, sita na rúa García Barbón, número 36-1º (36201 Vigo).

En Vigo, a 27 de abril de 2010.-La Subdirectora Provincial de Procedimientos Especiales, Blanca Carnero López.

NÚMERO EXPTE.-CCC/NAF/DNI..-RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DEL SUJETO RESPONSABLE.-DIRECCIÓN.-TIPO DERIVACIÓN.-RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DEL SUJETO ANTECESOR.

250/09.-151037208018.-FERNANDO ARTURO MILANES SALAS.-C/ Cambroneras, 1.-Bloque 2 (Bajo- Pta.C).-28991 TORREJON DE LA CALZADA (MADRID).-SOLIDARIA– ESTUDIO VIGO PLAZA FERNANDO, S.L.

PROVINCIA 42 SORIA.

Dirección Provincial de SORIA.

EDICTO.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001,de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31)de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial" de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Relación que se cita:

TIPO/IDENTIF: 07 280326956375.

REG. 0521.

EXPEDIENTE: 42 01 09 00059971.

NOMBRE / RAZON SOCIAL: MAGAN JUAN BENITO.

CIF. 000273712N.

DOMICILIO: CL. CARLOS IV 15 6 A.

LOCALIDAD: 28037.-MADRID.

PROCEDIMIENTO: DILIGENCIA DE DESGLOSE DEL EXPEDIENTE DE APREMIO -TVA 108.

TITULO EJECUTIVO.-PERIODO.-REGIMEN.-IMPORTE.

42 08 010510048.-03-2008.-0521.-40,25.

42 08 010510149.-04-2008.-0521.-360,82.

42 08 010510250.-05-2008.-0521.-359,37.

42 08 010510351.-06-2008.-0521.-357,96.

42 08 010510452.-07-2008.-0521.-356,51.

42 08 010726377.-08-2008.-0521.-317,78.

42 08 010801755.-09-2008.-0521.-316,28.

42 08 010947255.-10-2008.-0521.-314,44.

42 09 010049477.-11-2008.-0521.-312,84.

42 09 010193967.-12-2008.-0521.-311,31.

42 09 010295617.-01-2009.-0521.-315,78.

42 09 010342501.-02-2009.-0521.-313,91.

42 09 010426969.-03-2009.-0521.-312,32.

42 09 010545995.-04-2009.-0521.-311,22.

42 09 010586920.-05-2009.-0521.-310,03.

42 09 010737167.-03-2009.-0111.-2.124,00.

42 09 010737268.-04-2009.-0111.-204,23.

42 09 010737369.-11-2008.-0111.-779,76.

42 09 010737470.-02-2009.-0111.-922,49.

ANEXO I.

URE DOMICILIO LOCALIDAD TELEFONO FAX.

42 01 CL VENERABLE CARABANTES 1 BJ 42003 SORIA 975 0227640 975 0227618.

SORIA, a 26 de abril de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Alejandro Vega Ruiz.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE TOLEDO.

EDICTO.

DOÑA PATROCINIO SÁNCHEZ RAFAEL DE LA CRUZ, Subdirectora Provincial de Gestión Recaudatoria de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo, comunica a los interesados que se indican en relación anexa, que han sido emitidas resoluciones administrativas de Bajas de Oficio efectuadas en el Régimen General de la Seguridad Social, y ante la imposibilidad de comunicarles los mencionados actos administrativos, por ausencia, paradero ignorado o rehusado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), se les pone de manifiesto mediante el presente documento, surtiendo efectos de notificación del mencionado acto administrativo.

Contra la presente Resolución podrá interponer recurso de alzada ante el jefe de la Unidad de Impugnaciones en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

En el supuesto de que interpusiera el recurso a que se ha hecho referencia, transcurrido el plazo de tres meses de la interposición del mismo sin que recaiga resolución expresa, el recurso deberá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 43.4 de esta misma Ley.

Y para que sirva de notificación, expido el presente anuncio, en Toledo a 03 de mayo de 2010.-LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE GESTIÓN RECAUDATORIA, Patrocinio Sánchez Rafael de la Cruz.

ANEXO.

NAF.-RAZÓN SOCIAL.-FECHA RESOLUCIÓN.-COD. POSTAL.-LOCALIDAD.

281126331196.-IOAN CARRPACI.-15/03/2010.-28039.-MADRID.

(01/1.890/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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