Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2010

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100512-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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ORDEN 1304/2010, de 10 de marzo, por la que se convocan los premios “Dolores Escribano” dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid.

La Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”, dirigidos a alumnos que cursan enseñanzas de dibujo en los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid, en su artículo 4 se dispone que en cada curso académico se convocarán los premios mediante una Orden, en consecuencia,

DISPONGO

Artículo 1

Convocatoria de los premios curso 2009-2010

Se convocan los Premios “Dolores Escribano” de la Comunidad de Madrid dirigidos a los alumnos de los Institutos de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu” y “Cardenal Cisneros”, de Madrid, que cursen enseñanzas de dibujo, para el curso escolar 2009-2010.

El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria será de 4.984 euros, distribuidos en dos premios de 2.492 euros:

a) Uno para el alumno más brillante del Instituto de Educación Secundaria “Ramiro de Maeztu”.

b) Otro para el alumno más brillante del Instituto de Educación Secundaria “Cardenal Cisneros”.

Dichos premios se imputarán a la Partida 48390 del Programa 505, “Educación Secundaria”, del Presupuesto de Gastos para 2010 de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden 2560/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios “Dolores Escribano”.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Datos personales

Los datos personales necesarios para la gestión de la presente convocatoria están recogidos en el fichero de alumnos SICE, cuya finalidad es la gestión integral del sistema educativo no universitario, y no se prevén cesiones de los datos. El responsable del fichero es la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, ante la cual se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Recursos

Contra la presente Orden cabe recurso potestativo de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer el interesado.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA

Con el fin de hacer efectivos los premios, los alumnos ganadores deberán aportar un certificado bancario en el que se haga constar que la cuenta bancaria en la que se depositará la cuantía del premio es de su titularidad, o en el caso de menores de edad de sus padres o tutores.

Madrid, a 10 de marzo de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/17.341/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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