Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100512-280

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

280
Ejecución 35 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 35 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Oumarou Ouedraogo, más dos, contra la empresa “Joalcris Urbanizaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 17.689,30 euros de principal, correspondiendo al ejecutante don Oumarou Ouedraogo un principal de 4.933,52 euros, al ejecutante don Mustapha El Maazouzi un principal de 6.377,89 euros y al ejecutante don El Hassan Er. Raghay un principal de 6.377,89 euros, más la cantidad de 1.061,35 euros en concepto de intereses y 1.768,93 euros en concepto de costas provisionales.

b) Únase testimonio del auto de insolvencia dictado por el Juzgado de lo social número 31 de Madrid en los autos de ejecución número 226 de 2009, seguidos contra la misma ejecutada, oficiándose al mismo en tal sentido.

c) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

d) Y sin perjuicio de lo anterior, se decreta el embargo de las cantidades que por certificaciones por obra ejecutada, retenciones o cualquier otro concepto ostente la apremiada por relaciones comerciales mantenidas con ella frente a la mercantil “Dragados, Sociedad Anónima”, oficiándose a la misma en tal sentido.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Soledad Fernández del Mazo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Joalcris Urbanizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 15 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.205/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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