Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
12-05-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100512-116

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

116
Presupuesto 2010

Transcurrido el período de información pública del acuerdo de este Ayuntamiento de 24 de febrero de 2010, por el que se aprobaba el presupuesto económico de la Corporación, sus bases de ejecución y plantilla de personal, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobado, lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:

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Plantilla de personal

Personal funcionario:

— Puesto: Secretaría-Intervención.

— NCD: 26.

— Observaciones: plaza agrupada con el Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas.

Personal laboral:

— Agente de empleo y desarrollo local, 1 plaza.

— Auxiliares administrativos: 2 plazas. Observaciones: plazas agrupadas con el Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas.

— Limpieza de dependencias municipales: 1 plaza.

— Profesora de Escuela de Adultos: 1 plaza.

— Operario: 1 plaza.

— Coordinador del Centro de Acceso Público a Internet: 1 plaza.

— Técnico de gestión del Centro de Acceso Público a Internet: 1 plaza.

— Gestor de fin de semana del Centro de Acceso Público a Internet: 1 plaza.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

En Puentes Viejas, a 21 de abril de 2010.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.

(03/17.042/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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