Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Demanda 1.194 de 2009

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.194 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis de Antonio Pantoja y don Raúl Álvarez Pleite, contra la empresa “Artes Gráficas Grupo, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 587 de 2009

En Madrid, a 22 de diciembre de 2009.

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por el actor don Raúl Álvarez Pleite y don Luis de Antonio Pantoja, con la empresa “Artes Gráficas Grupo, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, declarar la improcedencia del despido, y extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy y condenar a la empresa demandada a que abone a el demandante don Luis de Antonio Pantoja la cantidad de 5.708,4 euros en concepto de indemnización, y 4.894,1 euros para don Raúl Álvarez Pleito, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido (21 de julio de 2009) hasta la fecha de esta sentencia, a razón de 35,35 euros/día para el don Luis de Antonio Pantoja y 55,10 euros/día para don Raúl Álvarez Pleite. Con absolución del administrador concursal señor Núñez Astray, y del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de las responsabilidades legales de este último.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/1194/09, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Artes Gráficas Grupo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.960/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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