Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-313

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

313
Ejecución 70 de 2010

Doña Cristina Campo Urbay, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Málaga.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 70 de 2010, dimanante de autos número 334 de 2009, en materia de pieza separada, a instancias de doña María José Merino Dueñas, contra “Victoria SG Siglo XXI Restauradores, Sociedad Limitada”, habiéndose dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Victoria SG Siglo XXI Restauradores, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 9.717,58 euros de principal, más 1.554,81 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recuso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 2951/0000/64/0070/10, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0040/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 3 de Málaga, y en “Observaciones” se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de esos 16 dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”. Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, en la redacción dad por la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don José Ramón Jurado Pousibet, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Málaga. Doy fe.—Firmado.

Y para que le sirva de notificación en forma a “Victoria SG Siglo XXI Restauradores, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Málaga, a 20 de abril de 2010.—La secretaria judicial, Cristina Campo Urbay (firmado).

(03/17.253/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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