Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74

EDICTO

117
Verbal desahucio falta pago 1.731 de 2008

En el juicio verbal de desahucio por falta de pago número 1.731 de 2008 se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 127 de 2009

En Madrid, a 29 de junio de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Marta Puchol Aiguabella, magistrada-juez sustituta de primera instancia del número 74 de Madrid, los autos de juicio verbal de desahucio número 1.731 de 2008, en los que intervienen: como parte demandante, don Francisco Javier Peña Revuelta, representado por la procuradora doña Paloma González del Yerro Valdés, bajo la dirección letrada de doña Isabel de los Ángeles Vera Isidro, y como parte demandada, don Francisco García López, sobre desahucio por falta de pago de renta de vivienda y reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de don Francisco Javier Peña Revuelta, declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento de vivienda celebrado entre las partes de la finca urbana, piso tercero B de la calle Transversal Sexta, número 30, de Madrid, así como al desahucio de la misma, condenando a don Francisco García López a desalojar la finca y a dejarla expedita a disposición del demandante, apercibiéndole de que se procederá en vía ejecutiva a su lanzamiento forzoso en el día señalado, en defecto de cumplimiento voluntario de la presente resolución, así como a abonar al demandante la cantidad de 7.916,10 euros en concepto de rentas vencidas y adeudadas, todo ello con expresa imposición al demandado de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de su notificación (artículos 455 y 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia estando celebrando audiencia pública en el lugar y día de su fecha.—Doy fe.

Y en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Francisco García López la sentencia de fecha 29 de junio de 2009, haciéndole saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los cinco días siguientes a la notificación de la misma.

En Madrid, a 22 de abril de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/4.700/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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