Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-44

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2010, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrita por la comisión deliberadora (código número 2803715).

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrita por la comisión deliberadora del mismo el día 12 de febrero de 2010, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General,

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de marzo de 2010.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Acta de la comisión deliberadora del convenio colectivo para la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid

Empresarial

Titulares:

— Don J. Miguel Guerrero Sedano (AECIM), con documento nacional de identidad número 9.707.677.

— Don Vicente García Jiménez (AECIM), con documento nacional de identidad número 1.721.690.

— Doña Ana Martínez Jaraiz (AECIM), con documento nacional de identidad número 8.030.667.

— Don Francisco Montero de Prada (AECIM), con documento nacional de identidad número 80.009.882.

— Doña Esther Alía Mayorga (AECIM), con documento nacional de identidad número 1.918.095.

— Don Javier Casla (AECIM), con documento nacional de identidad número 50.393.547.

— Don Federico Durán (AECIM), con documento nacional de identidad número 664.166.

— Don Antonio Tortosa (AECIM), con documento nacional de identidad número 22.478.292.

— Don José Luis Sánchez Pérez (AECIM), con documento nacional de identidad número 5.269.406.

— Don Andrés Picado (AECIM), con documento nacional de identidad número 14.890.268.

— Don Luis Suárez de Lezo (AICA), con documento nacional de identidad número 51.062.449.

— Don Miguel Ángel Flores Huertas (UNICEM), con documento nacional de identidad número 51.942.626.

— Don Rafael Jiménez Rábago (AEDHE), con documento nacional de identidad número 50.400.321.

— Don Ramiro Blanch Cortés (AECEM), con documento nacional de identidad número 50.013.629.

— Don Pablo Jiménez Monchón (AECEM), con documento nacional de identidad número 1.847.997.

Sindical

Titulares:

— Doña Ana Oller Alarcón (CC OO), con documento nacional de identidad número 51.646.809.

— Don Agustín Martín Martínez (CC OO), con documento nacional de identidad número 2.203.417.

— Don Antonio Torres Conde (CC OO), con documento nacional de identidad número 1.117.197.

— Doña Raquel Márquez Fernández (CC OO), con documento nacional de identidad número 52.377.778.

— Doña Mercedes González Calvo (CC OO), con documento nacional de identidad número 1.114.052.

— Don Manuel Moya Serrano (CC OO), con documento nacional de identidad número 25.921.264.

— Don Fernando Torres Conde (CC OO), con documento nacional de identidad número 50.942.423.

— Don Dionisio del Toro Torrijos (CC OO), con documento nacional de identidad número 7.524.503.

— Don Carlos Martínez Castro (CC OO), con documento nacional de identidad número 51.060.431.

— Don Mariano Hoya Callosa (UGT), con documento nacional de identidad número 1.908.608.

— Don Jesús A. Martínez Hernández (UGT), con documento nacional de identidad número 262.390.

— Don José Luis Nogués González (UGT), con documento nacional de identidad número 51.977.993.

— Don Ángel Barbado Cedillo (UGT), con documento nacional de identidad número 8.952.534.

— Don José Luis Ortega Rubio (UGT), con documento nacional de identidad número 1.911.388.

— Don José Antonio Peinado Toledano (UGT), con documento nacional de identidad número 70.794.884.

Suplentes:

— Don Sergio Mata Martínez (UGT), con documento nacional de identidad número 81.551.230.

— Don Eugenio Ceballos Camacho (UGT), con documento nacional de identidad número 50.399.244.

Asesores

— Don Ángel Sánchez Fresneda (AECIM), con documento nacional de identidad número 5.493.937.

— Don Carlos Jacob Sánchez (AECIM), con documento nacional de identidad número 5.342.936.

— Doña Eva María Ces (AECIM), con documento nacional de identidad número 3.859.150.

— Don Ignacio Moros (AECIM), con documento nacional de identidad número 51.063.745.

— Doña Silvia Ramos González (UGT), con documento nacional de identidad número 51.665.651.

— Don Clemente de la Casa Díaz (UGT), con documento nacional de identidad número 2.058.699.

— Doña Beatriz Montalvo Caracena (UGT), con documento nacional de identidad número 50.445.154.

Secretario comisión

— Don José María Roncero Gómez de Bonilla, con documento nacional de identidad número 12.369.944.

En Madrid, a las doce horas del día 12 de febrero de 2010, en los locales de AECIM, calle Príncipe de Vergara, número 74, primero, derecha, se reúne la comisión deliberadora del convenio colectivo para la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid, con asistencia de los señores anteriormente reseñados, para proceder a la actualización y revisión del convenio vigente para el año 2010.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del convenio se incrementan las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2009 en un 1 por 100.

Segundo.—Las cantidades tituladas “por carencia de incentivo” a las que se refiere quedan establecidas en:

— Peón: 1,95 euros.

— Especialista: 1,95 euros.

— Oficial de tercera: 1,95 euros.

— Oficial de segunda: 1,95 euros.

— Oficial de primera: 1,95 euros.

Tercero.—El salario base para el cálculo de pluses del año 2010, que figura en el artículo 34 del convenio, es el resultado de incrementar la tabla base para cálculo de pluses del año 2009 en los mismos porcentajes que las tablas salariales. La cuantía del año 2010 aparece recogida en la correspondiente columna de las tablas salariales que se adjuntan.

Cuarto.—La cuantía del quinquenio, que figura en el artículo 38 del convenio, se incrementa en el mismo porcentaje que las tablas salariales. Dicha cuantía para el año 2010 figura en la correspondiente columna de las tablas salariales que se adjuntan.

Quinto.—El plus de kilometraje, recogido en el artículo 42 del convenio, queda establecido en 0,19 euros o la cantidad que establezca Hacienda como exenta de tributación.

Sexto.—Las dietas y medias dietas, recogidas en el artículo 43 del convenio, se incrementan en los mismos porcentajes que las tablas salariales, quedando fijadas para el año 2010 en las siguientes cuantías:

— Dietas para desplazamientos de uno a siete días: 39,82 euros.

— Dietas para desplazamientos superiores a siete días: 31,87 euros.

— Media dieta: 8,16 euros.

En la actividad de tendidos de líneas eléctricas y electrificación de ferrocarriles queda fijada la dieta completa en 31,87 euros y la media dieta en 8,16 euros.

Octavo.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del convenio la jornada de trabajo para el año 2010 será de 1.764 horas de trabajo efectivo, disponiendo cada trabajador/a de ocho horas de libre disposición para asuntos propios.

Décimo.—Se acuerda que dicha acta se firme por los portavoces sindicales (señores Martín y Hoya) y por la representación empresarial (señor Guerrero) junto con el secretario.

Remitir dicha acta y nuevas tablas a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid, para que proceda al oportuno trámite de registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, autorizando al secretario de esta comisión deliberadora para llevar a cabo dichos trámites, subsanando los errores formales y/o materiales que pudieran producirse.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las diecinueve horas del día de la fecha.

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(03/15.250/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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