Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
19-05-2010

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100519-46

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

Área de Trabajo e Inmigración

46
Notificación expedientes sancionadores

NOTIFICACIONES

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores en materia de extranjeros incoados a las empresas que se relacionan, ante la imposibilidad de practicar su notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado.

Se comunica que contra estas resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Delegación del Gobierno en Madrid, Área de Trabajo e Inmigración, en el plazo de un mes o, directamente, en vía jurisdiccional, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses. Se contarán los plazos legales oportunos para su interposición a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los expedientes se encuentran a la vista de los interesados en las dependencias del Área de Trabajo e Inmigración (calle Serrano, número 69), comunicándoles, asimismo, que una vez firme la resolución en vía administrativa, recibirán la notificación de la liquidación, informándoles de dónde y en qué plazo deben efectuar el pago de la sanción.

ACTAS DE INFRACCIÓN EN MATERIA DE EXTRANJEROS

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Madrid, a 22 de febrero de 2010.—El director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, Ildefonso Hernández Sanz.

(02/2.435/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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