Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100521-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

55
Licencia actividad

Acuerdo del Pleno, de 25 de febrero de 2010, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de mediano comercio en la planta baja del edificio situado en la calle Valverde, número 27, promovido por “Sociedad Anónima de Supermercados y Autoservicios”, Distrito de Centro.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de mediano comercio en la planta baja del edificio sito en la calle Valverde, número 27, solicitado por “Sociedad Anónima de Supermercados y Autoservicios” (101/2007/12782), una vez evacuados los trámites en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, con fecha 21 de febrero de 2008, sin que se hayan presentado alegaciones.»

Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y del artículo 124.1 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, significando que ha sido remitido con fecha 8 de marzo de 2010 un ejemplar del Plan Especial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que la interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 9 de marzo de 2010.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/3.494/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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