Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
21-05-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100521-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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ORDEN 873/2010, de 5 de mayo, por la que se modifica la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas.

La Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, regula a las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, en el Capítulo III del Título IV, considerándolas como agentes colaboradores de la Administración Pública, ejerciendo además de sus propias atribuciones funciones públicas de carácter administrativo por delegación.

El artículo 21.3 de la Ley señala que la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid ejercerá las competencias en materia deportiva que le encomiende el Consejo de Gobierno y, en particular, entre otras competencias le corresponde establecer un mecanismo de auxilio técnico y de gestión económica con las federaciones madrileñas, autorizar los gastos plurianuales de dichas federaciones en los supuestos reglamentariamente previstos, determinar el destino de su patrimonio neto en caso de disolución, controlar las subvenciones que se les hubiera otorgado y autorizar el gravamen y enajenación de sus bienes inmuebles, cuando estos hayan sido financiados total o parcialmente con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

El artículo 39.2.e) establece que, en los casos en que reglamentariamente se determine, las federaciones deberán someterse anualmente a auditorías financieras y, en su caso, de gestión, así como a informes de revisión sobre la totalidad o parte de sus gastos, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por Ley.

Como consecuencia de ello, el artículo 33.3 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, señala que la Administración de la Comunidad de Madrid aprobará el correspondiente Plan sobre auditorías financieras y, en su caso, de gestión, al que deberán someterse las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid. Asimismo, el artículo 33.5 establece que la contabilidad de las federaciones se ajustará a las normas de contabilidad del Plan General o adaptación sectorial que resulte de aplicación y a los principios contables necesarios que ofrezcan una imagen clara y fiel de la entidad.

Este Plan se ha aprobado mediante Orden 615/2008/00, de 30 de julio, de la Consejería de Deportes, que establece la presentación por las Federaciones Deportivas Madrileñas de las cuentas anuales auditadas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como su contenido, ámbito y plazo de presentación, considerándose necesario precisar y detallar estas materias para el ejercicio correspondiente al año 2009 y posteriores.

Por su parte, el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, en su artículo 6.e) asigna al Viceconsejero de Deportes la función de conocer y supervisar los programas de actuación y los balances económicos de las federaciones que reciban subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia deportiva.

La Orden 1472/2009, de 24 de septiembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, en su apartado decimoquinto c), delega en el Viceconsejero de Deportes la aprobación del Plan sobre las Auditorías Financieras al que deberán someterse las Federaciones Deportivas Madrileñas.

Por ello, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de la disposición final primera del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Modificar el contenido de la Orden 615/2008, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas, indicando que la auditoría se realizará de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, y su normativa de desarrollo, para lo cual la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid podrá encargar y sufragar las auditorías financieras y, en su caso, de gestión de las Federaciones Deportivas Madrileñas.

Segundo

Modificar el artículo tres de la Orden 615/2008, de 30 de julio, debiendo someterse a auditoría las Federaciones Deportivas Madrileñas que en el ejercicio 2009 hayan tenido un presupuesto total de gastos igual o superior a 400.000 euros y en el ejercicio 2010 tengan un presupuesto total de gastos igual o superior a 300.000 euros. Todo ello sin perjuicio de que se pueda extender esta obligación a otras Federaciones, independientemente de su presupuesto, cuando por circunstancias especiales, la Viceconsejería de Deportes considere necesario este instrumento de control y mejora de su gestión económica.

Tercero

Modificar el artículo cuatro de la Orden 615/2008, de 30 de julio, disponiendo que las Federaciones Deportivas Madrileñas sujetas a esta Orden presentarán las cuentas auditadas correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior, antes del 31 de diciembre de cada año. No obstante, y exclusivamente para las cuentas del ejercicio 2009, esta obligación se extiende al primer trimestre del año 2011.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 5 de mayo de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1472/2009, de 24 de septiembre), el Viceconsejero de Deportes, Francisco Javier Hernández-Martínez.

(03/20.261/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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