Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100525-264

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

264
Ejecución 155 de 2009

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 155 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aguinaldo Alves da Silva y don Juan José Huertas Dueñas, contra la empresa “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia y auto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 16 de marzo de 2010.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo de bienes muebles de “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada”, sita en la calle Camino Ancho, sin número, Daganzo de Arriba, 28814 Madrid, librándose para ello testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las necesidades y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Pilar Varas García.

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García.—En Madrid, a 16 de marzo de 2010.

A la vista del estado que mantienen las presentes actuaciones y previo a la resolución de la ampliación de la ejecución solicitada por el demandante respecto de la empresa “Partomo, Sociedad Limitada”, se acuerda el embargo de los posibles bienes muebles que pudieran existir en el domicilio de la empresa demandada “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrá interponerse recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).

El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, sita en “Banesto”, calle Orense, número 19, número de cuenta corriente 2506.

b) Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos: 0030/ 1143/50/0000000000 y en conceptos indicar el número de cuenta corriente 2506, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prefabricados Daganzo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.863/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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