Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100525-306

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

306
Ejecución 86 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 86 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur”, contra las empresas “Enrique Torres Brea, Sociedad Anónima”, y “Super Chick Trading, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado con esta fecha auto, cuya parte dispositiva es como sigue:

a) Despachar la ejecución solicitada por “Ibermutuamur”, contra “Enrique Torres Brea, Sociedad Anónima”, y “Super Chick Trading, Sociedad Limitada”, por un principal de 5.818,23 euros de principal, más 349,09 euros en concepto de intereses y 581,82 euros de costas calculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes de las ejecutadas en cuantía suficiente, y dado que se desconocen bienes de las mismas, realícese consulta a través de los servicios telemáticos del Punto Neutro Judicial, y en consecuencia, se acuerda:

El embargo de los saldos existentes en los depósitos y cuentas bancarias titularidad de las ejecutadas, librándose a tal fin los correspondientes oficios.

El embargo de los vehículos con matrícula M-8143-YH, titularidad de “Enrique Torres Brea, Sociedad Anónima”, y con matrícula 3288GBM, titularidad de “Super Chick Trading, Sociedad Limitada”. Líbrese mandamiento al Registro de Bienes Muebles de Madrid para que practique la correspondiente anotación preventiva de embargo sobre dichos vehículos, una vez sea firme la presente.

El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por las ejecutadas en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose las empresas demandadas en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a las ejecutadas que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Enrique Torres Brea, Sociedad Anónima”, y “Super Chick Trading, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.882/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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