Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2010

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100525-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

128
Recurso 354 de 2010

En el recurso de suplicación número 354 de 2010 el encabezamiento seguido ante la Sección Segunda de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos número 1.450 de 2008 del Juzgado de lo social número 35 de Madrid, promovidos por doña Mykola Babich, doña Yuriy Buhauchuk y doña Serhiy Bondar, contra “MMF Construcción y Rehabilitación” y don Florián Sánchez Ramos, sobre cantidad, con fecha 20 de abril de 2010 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por doña Mykola Babich, doña Yuriy Buhauchuk y doña Serhy Bondar, contra la sentencia del Juzgado de lo social número 35 de Madrid de fecha 1 de abril de 2009, dictada en virtud de demanda presentada en reclamación de cantidad contra “MMF Construcción y Rehabilitación”, don Florián Sánchez Ramos y Fondo de Garantía Salarial, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “MMF Construcción y Rehabilitación”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 22 de abril de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/18.137/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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