Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2010

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100526-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

URBANISMO

62
Proyecto de reparcelación

Mediante resolución de Alcaldía 160/2010, de 15 de abril, se ha aprobado inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación UA.20 de las Normas Subsidiarias, “Calle Santa Emilia, con vuelta a la calle San Jacinto”, promovido a instancias de la Orden de San Agustín Provincia de España, al objeto de efectuar la adjudicación al Ayuntamiento de Alpedrete de los terrenos de cesión obligatoria a título gratuito y, a este y al propietario único interviniente en la ejecución del planeamiento de la Unidad de Actuación citada de las fincas resultantes constitutivas de parcelas o solares, de acuerdo con el sistema de compensación fijado por la Modificación Puntual número 49 de las Normas Subsidiarias.

El citado expediente, en aplicación del artículo 88.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se somete a información pública por plazo de veinte días, a contar desde la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado por cuantas personas se consideren afectadas y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

En tanto en cuanto no se produzca la aprobación definitiva del Estudio de Detalle y el convenio urbanístico, en sustitución de los Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación UA.20 de las Normas Subsidiarias, el Proyecto de Reparcelación del mismo ámbito no podrá ser aprobado definitivamente.

Alpedrete, a 22 de abril de 2010.—La alcaldesa, María Casado Nieto.

(02/4.755/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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