Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100526-136

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

136
Ejecución 67 de 2009

Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 67 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Martínez Berrocal, contra la empresa “Los Lebreros, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el auto siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda: Se aprueba la liquidación de intereses por la suma de 37,98 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de doña María Isabel Martínez Berrocal el mandamiento de devolución por importe de 36,98 euros en concepto de pago de intereses.

Cítese a doña María Isabel Martínez Berrocal (personalmente o persona con poder) a fin de que comparezca en este órgano judicial, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, al objeto de proceder a su entrega, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, de que caducará a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Póngase a disposición de “Los Lebreros, Sociedad Limitada”, el mandamiento de devolución por importe de 2,58 euros en concepto de sobrante.

Cítese a “Los Lebreros, Sociedad Limitada” (personalmente o persona con poder) a fin de que comparezca en este órgano judicial, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, al objeto de proceder a su entrega, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, de que caducará a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo, se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra dicha resolución no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Los Lebreros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.000/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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