Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100526-169

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Ejecución 26 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 26 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Rodríguez de los Santos Díaz Mascaraque, don José María Torrijo Ruano, don José Luis Cervantes Sánchez, don Jesús Fernández Bañares y don Mateo Cervantes Sánchez, contra la empresa “Urbanismo y Obras Coplasán, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 14 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don José Antonio Rodríguez de los Santos Díaz Mascaraque, don José María Torrijo Ruano, don José Luis Cervantes Sánchez, don Jesús Fernández Bañares y don Mateo Cervantes Sánchez con la empresa “Urbanismo y Obras Coplasán, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquellos las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don José Antonio Rodríguez de los Santos Díaz Mascaraque.

Indemnización: 1.467,30 euros.

Salarios: del 19 de febrero de 2009 al 24 de abril de 2009 (fecha en que comenzó a prestar servicios para otra empresa), 3.129,60 euros.

Total indemnización y salarios de trámite: 4.596,90 euros.

Nombre del trabajador: don Mateo Cervantes Sánchez.

Indemnización: 1.467,30 euros.

Salarios: del 19 de febrero de 2009 al 23 de abril de 2009 y desde el 9 de agosto de 2009 al 27 de septiembre de 2009 (el resto del período se excluye porque el demandante ha prestado servicios para otras empresas), 5.721,30 euros.

Total indemnización y salarios de trámite: 7.188,60 euros.

Nombre del trabajador: don José María Torrijo Ruano.

Indemnización: 1.467,30 euros.

Salarios: del 20 de febrero de 2009 hasta el 13 de abril de 2009 (excluyéndose el período en que prestó servicios para otra empresa), 20.391,30 euros.

Total indemnización y salarios de trámite: 21.858,60 euros.

Nombre del trabajador: don Jesús Fernández Bañares.

Indemnización: 1.467,30 euros.

Salarios: del 20 de febrero de 2009 hasta el 13 de abril de 2009 (excluyéndose el período en que prestó servicios para otra empresa), 20.391,30 euros.

Total indemnización y salarios de trámite: 21.858,60 euros.

Nombre del trabajador: don José Luis Cervantes Sánchez.

Indemnización: 1.467,30 euros.

Salarios: del 20 de febrero de 2009 al 13 de abril de 2009 (excluyéndose el período en que prestó servicios para otra empresa), 5.721,30 euros.

Total indemnización y salarios de trámite: 7.188,60 euros.

En consecuencia, requiérase a la empresa demandada “Urbanismo y Obras Coplosán, Sociedad Limitada”, para que en el plazo de diez días hábiles ingrese la cantidad de 62.691,30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 2510 de la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de esta ciudad, bajo apercibimiento que en caso de no realizarlo se iniciará la vía de apremio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Notifíquese esta resolución al Servicio Público de Empleo Estatal con entrega de copia de la sentencia a los efectos oportunos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbanismo y Obras Coplasán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.164/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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