Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
26-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100526-300

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

300
Demanda 334 de 2009

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha, dictada en los autos número 334 de 2009 que en este Juzgado se siguen a instancias de don Rafael Barril González, contra “Inursed, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, por la presente se le notifica a la demandada las indicadas resoluciones expresivas de su tenor literal y recurso que contra la mismas cabe interponer, órgano y plazo al efecto.

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2009.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, su señoría ilustrísima, ante mí, la secretaria, dijo: Se despacha ejecución a instancia de don Rafael Barril González, contra “Inursed, Sociedad Limitada”, por un principal de 8.474,36 euros, más 847,44 euros de intereses de mora, más 932,18 euros de intereses provisionales y 932,18 euros de costas provisionales.

Se significa a la deudora que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, cuenta corriente número 0030/1105/50/0000000000 de “Banesto”, sito en la calle Triana, número 120, de Las Palmas, al concepto 3500/0000/64/0334/09.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular la ejecutada dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva, y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido para evitar la ejecución, siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución.

Así se acuerda, manda y firma por doña Margarita Fons Carbonell, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Las Palmas de Gran Canaria.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Margarita Fons Carbonell.—En Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2009.

Visto el estado de las actuaciones, iníciense los trámites de averiguación de bienes previstos en los artículos 248 y 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, librándose el correspondiente despacho a la Oficina de Consulta Registral-Averiguación Patrimonial-Terminal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la cuenta corriente número 0030/1105/50/0000000000, y al concepto clave 3500/0000/30/0334/09.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Margarita Fons Carbonell.—En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de enero de 2010.

Por recibida la anterior comunicación de la Oficina de Consulta Registral-Averiguación Patrimonial-Terminal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, únase a los autos de su razón, y visto el contenido del mismo, se acuerda el embargo de los saldos de las cuentas, depósitos, libretas de ahorro, fondos de inversión o cualquier otro producto financiero o bancario del que sea titular la apremiada en el “Banco Popular Español” y “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, todo ello hasta cubrir la cantidad de 8.474,36 euros de principal, más 847,44 euros de intereses por mora, más 932,18 euros y 932,18 euros de intereses y costas provisionales, y se transfiera a la cuenta corriente de consignaciones de este Juzgado; en consecuencia, líbrese el correspondiente oficio.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la cuenta corriente número 0030/1105/50/0000000000, y al concepto clave 3500/0000/30/0334/09.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe.

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

No ha lugar al alzamiento de los embargos trabados en autos. Se suspenden los trámites de ejecución y se decreta el archivo de las presentes actuaciones, sin perjuicio de que se proceda a su reapertura en caso de que se obtenga algún ingreso derivado de los embargos trabados.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma doña Margarita Fons Carbonell, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Las Palmas de Gran Canaria.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Inursed, Sociedad Limitada”, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de abril de 2010.—La secretaria, Gloria Alonso Santana.

(03/18.008/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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