Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100528-312

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

312
Ejecución 175 de 2009

Doña Carmen Ruiz Mantecón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de León.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 175 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Santos Almirante, contra la empresa “Pradinvest Investment, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Jaime de Lamo Rubio.—En León, a 4 de mayo de 2010.

Dada cuenta; se acuerda la venta en pública subasta de las fincas siguientes:

1.a Finca 07021000576480, Sección 1, 60269.

Datos de inscripción: tomo 4.219, libro 1.380, folio 31, inscripción, anotación de fecha 7 de octubre de 2008.

Descripción: urbana número 9.—Aparcamiento número 9, con una superficie de trece metros y sesenta y tres decímetros cuadrados, que linda: por el fondo y por el frente, zonas comunes; por la izquierda, aparcamiento número 10, y por la derecha, aparcamiento número 8.

Cuota en el conjunto: cero enteros y treinta y tres centésimas por ciento.

2.a Finca 07021000576503, Sección 1, 60271.

Datos de inscripción: tomo 4.219, libro 1.380, folio 41, inscripción, anotación de fecha 7 de octubre de 2008.

Descripción: urbana número 11.—Aparcamiento número 11, con una superficie de nueve metros y veinticuatro decímetros cuadrados, que linda: por el fondo y por el frente, zonas comunes; por la izquierda, aparcamiento número 12, y por la derecha, aparcamiento número 10.

Cuota en el conjunto: cero enteros y veintitrés centésimas por ciento.

3.a Finca 07021000576510, Sección 1, 60272.

Datos de inscripción: tomo 4.219, libro 1.380, folio 46, inscripción, anotación de fecha 7 de octubre de 2008.

Descripción: urbana número 12.—Aparcamiento número 12, con una superficie de nueve metros y cincuenta y ocho decímetros cuadrados, que linda: por el fondo y por el frente, zonas comunes; por la izquierda, aparcamiento número 13, y por la derecha, aparcamiento número 11.

Cuota en el conjunto: cero enteros y veinticuatro centésimas por ciento.

Los tres aparcamientos forman parte de las plazas de aparcamiento en superficie de un conjunto residencial que se halla en construcción, según Registro, ubicado sobre la parcela B-12 del plano de la urbanización “Santa Ponsa”, en término de Calviá.

Dichos bienes han sido valorados pericialmente: la plaza de garaje número 9, en 15.443 euros; la plaza de garaje número 11, en 10.469 euros, y la plaza de garaje número 12, en 10.854 euros, siendo el total de las tres en 36.766 euros, constituyendo cada una de ellas un lote a los efectos de posible adjudicación individualizada y, en su caso, a efectos de depositar para concurrir a la subasta, estando libres de carga.

Contra “Pradinvest Investment, Sociedad Limitada”, a responder de la cantidad de 3.840 euros de principal, más 300 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.

Anúnciese su celebración con veinte días de antelación, por lo menos, por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre, expresándose las condiciones de la subasta conforme determina la Ley.

La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 12 de julio de 2010, a las diez y treinta horas, con los requisitos y circunstancias a que se refieren los artículos 667 a 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se advierte que:

1.o En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá la deudora liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas (artículo 670.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

2.o Para tomar parte en la subasta los postores deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, calle Ordoño II, número 8, de León, grupo 0030, oficina 6032, con número de cuenta 2130/0000/64/0175/09, o haber prestado aval bancario con las firmas debidamente legalizadas por el 30 por 100 del valor que se haya dado a los bienes con arreglo al artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo consignar, asimismo, en dicho resguardo si, en su caso, ha recibido todo o en parte cantidades de un tercero.

Las cantidades depositadas por los postores no se devolverán hasta la aprobación del remate, excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta (artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

3.o El ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna (artículo 647.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

4.o Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores consideran como suficiente la titulación que consta en los autos, o que no exista titulación, y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor (artículo 669.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5.o Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado al que deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se ha hecho mención (artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6.o Solo la adquisición o adjudicación practicada a favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá realizarse en calidad de ceder a tercero (artículos 264 de la Ley de Procedimiento Laboral y 647.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

7.o La aprobación del remate y la adjudicación, en su caso, se realizará conforme a lo establecido en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

8.o Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios solo se extinguirán por la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional. De ser inferior el precio, deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico (artículo 263 de la Ley de Procedimiento Laboral).

9.o De resultar desierta la subasta tendrán los ejecutantes o, en su defecto, los responsables legales solidarios o subsidiarios el derecho a adjudicarse los bienes por el 25 por 100 del avalúo, dándose a tal fin el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este derecho, se alzará el embargo [artículo 262.b) de la Ley de Procedimiento Laboral].

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pradinvest Investment, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En León, a 4 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.557/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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