Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
28-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100528-327

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

327
Demanda 726 de 2008

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 762 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Menchero Camuñas, contra Fondo de Garantía Salarial, “Reformas Construcciones Vicosa, Sociedad Limitada”, “Reformas Construcciones Vicosa”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, María del Pilar Martínez Gamo.—En Toledo, a 17 de marzo de 2010.

Dada cuenta; visto el contenido de la anterior diligencia, y habiéndose suspendido la vista del presente procedimiento, se señala nuevamente para el día 18 de junio de 2010, a las doce y diez horas.

Notifíquese esta resolución en legal forma a las partes y a los interesados.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Reformas Construcciones Vicosa, Sociedad Limitada”, y “Reformas Construcciones Vicosa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 17 de marzo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.549/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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