Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100529-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LOGROÑO NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

184
Ejecución 10 de 2009-J

Doña Olga Revuelto Ruiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Logroño.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 10 de 2009-J de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alberto López Pérez, contra las empresas “Club Deportivo Logroñés, Sociedad Anónima Deportiva”, “Escuela Internacional de Fútbol Logroñés, Sociedad Limitada”, y “Tangerine Márketing Publicidad, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de subrogación de fecha 29 de abril de 2010 que, en lo necesario, es del tenor literal siguiente:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quiénes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono Fondo de Garantía Salarial”, cuyo importe total asciende a 12.064,42 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición (o revisión, en el caso de las Diligencias de Ordenación) en el plazo de cinco días, siendo necesario el constituir depósito de 25 euros en la cuenta expediente correspondiente al Juzgado de lo social número 2, indicando que se trata de un recurso y el tipo concreto de recurso. Quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de Seguridad Social (disposición adicional decimoquinta, Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial).

Una vez firme esta resolución, continúe la causa en el estado en que se encontraba.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social, María José Muñoz Hurtado.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Club Deportivo Logroñés, Sociedad Anónima Deportiva”, “Escuela Internacional de Fútbol Logroñés, Sociedad Limitada”, y “Tangerine Márketing Publicidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero o, en su caso, “ad cautelam”, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Logroño, a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.688/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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