Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100529-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

62
Demanda 119 de 2010

Doña Carmen Olmo Gil, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 119 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Arjona Muñoz, contra las empresas “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, y “Servitinte, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 11 de marzo de 2010.—Don Miguel Moreiras Caballero, magistrado-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Cristina Arjona Muñoz, que comparece, y de otra, como demandadas, “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, y “Servitinte, Sociedad Limitada”, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña Cristina Arjona Muñoz, contra “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, y “Servitinte, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la nulidad del despido de que fue objeto la demandante el día 17 de diciembre de 2009 por parte de la entidad “Servitinte, Sociedad Limitada”, sucesora de “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, así como la extinción de la relación laboral que venían manteniendo las partes litigantes hasta ahora, y debo condenar y condeno solidariamente a ambas empresas codemandadas a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a abonar a la actora en concepto de indemnización por despido la suma de 3.026 euros netos, más los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2501, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2501 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Tintorería Burbujas, Sociedad Limitada”, y “Servitinte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.040/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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