Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
29-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100529-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

69
Demanda 983 de 2009

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 983 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Segundo Wilson Chanatasig Guanoquiza, contra la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Segundo Wilson Chanatasig Guanoquiza, contra la mercantil “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone al actor la cantidad de 1.959,34 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.875/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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