Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100531-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Ejecución 48 de 2010

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 48 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Duarte Vigo, contra la empresa “Rehabilitaciones de Edificios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 29 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

a) Despachar la ejecución solicitada por don Juan Duarte Vigo, contra don José Daniel Suárez y “Rehabilitaciones de Edificios, Sociedad Limitada”, por un importe de 26.850 euros de principal, más 1.611 euros de intereses provisionales y 2.685 euros de costas provisionales.

b) Trabar embargo sobre los bienes de los demandados.

c) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

d) Se advierte y requiere a los ejecutados en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

e) Adviértase a los ejecutados que si dejan transcurrir los plazos que se les conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se les podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrasen.

f) Asimismo, practíquense las correspondientes diligencias de averiguación de bienes de los ejecutados, librando comunicación a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Decanato de los Juzgados de Madrid, así como oficio a la Delegación de Hacienda y mandamiento al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad. Líbrese oficio al Instituto Nacional de la Seguridad Social para que manifieste si el ejecutado don José Daniel Suárez percibe cantidad por desempleo u otro concepto, y a la Tesorería General de la Seguridad Social para que remita a este Juzgado vida laboral del mencionado ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por los ejecutados en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rehabilitaciones de Edificios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.809/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100531-147