Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100531-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 5

EDICTO

138
Procedimiento ordinario 903 de 2008

Don José Luis Sanz Hernández, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 5 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el procedimiento ordinario número 903 de 2008, que se tramita en este Juzgado a instancias de doña Cristina Edeler Thiel y don Javier Hermoso Blanco, frente a “Construcciones Inmobetón, Sociedad Limitada”, se ha dictado con esta fecha resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 196 de 2010

En Colmenar Viejo, a 10 de marzo de 2010.—Vistos por doña Sonia López Ramallo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 5 de Colmenar Viejo, los presentes autos de juicio ordinario, sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 903 de 2008, a instancias de doña Cristina Edeler Thiel y don Javier Hermoso Blanco, ambos representados por el procurador señor Mansilla García, contra la mercantil “Construcciones Inmobetón, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor Mansilla García, en representación de doña Cristina Edeler Thiel y don Javier Hermoso Blanco, contra la mercantil “Construcciones Inmobetón, Sociedad Limitada”, imponiendo el abono de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se notifique esta resolución.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Lo anteriormente expresado concuerda bien y fielmente con el original al que me remito, y para que conste, libro el presente, en Comenar Viejo, a 13 de abril de 2010.—El secretario (firmado).

(02/5.046/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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