Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2010

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100604-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 31 de marzo de 2010, por la que se declara deudor en el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina al trabajador don Carlos Miguel Losada.

Esta Dirección General ha dictado la Resolución de referencia por la que se declara deudor en el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina al trabajador don Carlos Miguel Losada. La notificación al interesado se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 31 de marzo de 2010, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 24 de mayo de 2010.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO

El trabajador don Carlos Miguel Losada cesó en su puesto de trabajo como profesor de Enseñanza Secundaria con fecha 1 de diciembre de 2006, por libre separación de interinos. No obstante, con posterioridad a la fecha de cese, se le acreditaron y percibió indebidamente, a través de la nómina de funcionarios destinados en centros docentes no universitarios adscritos a la Dirección de Área Territorial Madrid-Capital de esta Consejería, los haberes correspondientes al período del 2 al 31 de diciembre de 2006, por un importe de 1.936,82 euros.

Por Resolución de esta Dirección General de fecha 4 de febrero de 2010, se inició el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina, previsto en la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 8 de junio). Dentro del plazo de audiencia, el interesado presenta alegaciones mediante escrito de fecha 23 de febrero de 2010, y considerando que el contenido de las mismas no desvirtúa el contenido de la precitada Resolución de 4 de febrero de 2010.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 118/2007, de 2 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto) y con base en lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 258, de 27 de noviembre).

RESUELVE

Declarar deudor de la Hacienda de la Comunidad de Madrid a don Carlos Miguel Losada, por la cantidad de 1.936,82 euros, y corresponde al pago que se le efectuó con fecha 22 de diciembre de 2006, en concepto de haberes del citado mes de diciembre de 2006, acreditados y percibidos indebidamente por haber cesado por libre separación de interinos con fecha 1 de diciembre de 2006.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recepción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar el pago para la extinción de la deuda, utilizando el impreso normalizado modelo 039 que se adjunta. Para acreditar el ingreso se remitirá el ejemplar para la Administración de dicho modelo 039, con la correspondiente impresión mecánica efectuada por la entidad bancaria, al Servicio de Coordinación de Nóminas de las DAT de esta Dirección General, sito en la Gran Vía, número 3, planta tercera.

Si transcurrido el período de pago voluntario no ha sido cancelada la deuda, se procederá a su cobro en período ejecutivo, con el correspondiente devengo de recargos del período ejecutivo y de los intereses que legalmente correspondan.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Organización Educativa, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de esta notificación (artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica).

Madrid, a 31 de marzo de 2010.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/21.387/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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