Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100604-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 48

EDICTO

160
Juicio de faltas 1.099 de 2009

Doña Nieves Moreno Carrero, secretaria del Juzgado de instrucción número 48 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.099 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos los presentes autos de juicio verbal de faltas número 1.099 de 2009, seguidos por una falta de amenazas y lesiones, por denuncia de don Félix Brazales Fuentes, contra don Eugen Lichtenstein, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal, celebrándose con la asistencia de las letradas señoras Bris García y Varó Capote.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Eugen Lichtenstein, como autor responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1, una falta de amenazas del artículo 620.2 y una falta contra el orden público del artículo 634 del Código Penal, procediendo imponer por la primera, la pena de multa por mes, a razón de una cuota diaria de 3 euros; por la segunda, la pena de multa de diez días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, y por la tercera, la pena de multa de veinte días, a razón de una cuota diaria de 3 euros y al pago de las costas, si las hubiere, con responsabilidad personal subsidiaria de privación de libertad de un día por cada dos cuotas insatisfechas, debiendo indemnizar a don Félix Brazales Fuentes en el importe de los daños causados en las gafas de su propiedad a determinar por perito judicial en ejecución de sentencia.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Eugen Lichtenstein, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a 6 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/19.747/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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