Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100607-326

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

326
Autos 1.054 de 2009

Doña Izaskun Ortúzar Abando, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 1.054 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Monasterio Cantabrana, contra las empresas “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, “Taller de Formación Colectivos, Sociedad Anónima”, y “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimar demanda de doña Laura Monasterio Cantabrana, condenar a las demandadas “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, “Taller de Formación Colectivos, Sociedad Anónima”, y “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, y a los administradores concursales, en su condición de tales, a abonar a la actora la cantidad de 61.271,50 euros, más el recargo por mora.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta número 477800000/65/1054/09 del “Banesto” (“Banco Español de Crédito”), la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Dicha consignación puede sustituirse por aval bancario en la forma dispuesta en el artículo 228 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, deberá ingresarse en la misma cuenta corriente, con el código 34, la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito para recurso de suplicación, debiendo presentar el correspondiente resguardo en la Secretaría de este Juzgado al tiempo de interponer el recurso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Planificaciones Urbanas, Sociedad Anónima”, “Taller de Formación Colectivos, Sociedad Anónima”, y “Proyectos Técnicos Alalba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 29 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.668/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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