Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100607-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

183
Demanda 1.276 de 2009

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.276 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don El Hadi Afkir y don Boukhyar Afkir, contra la empresa “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado sentencia en fecha 11 de marzo de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda formulada por don El Hadi Afkir y don Boukhyar Afkir, contra “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades, más el 10 por 100 correspondiente de interés por mora:

A don El Hadi Afkir: 3.218,28 euros.

A don Boukhyar Afkir: 3.171,12 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la anterior cuenta.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones de Impermeabilización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.894/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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