Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
07-06-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100607-214

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

214
Ejecución 117 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 117 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Fernández Lendrino, contra las empresas “Transportes y Derribos Álvaro e Hijos, Sociedad Limitada”, y “Edificaciones Fyasan, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es como siguiente:

a) Proceder a la ejecución de los títulos mencionados en los hechos de la presente resolución solicitada por doña Ana Isabel Fernández Lendrino y doña Martina Fernández Moreno, contra “Edificaciones Fyasan, Sociedad Limitada”, y proceder, igualmente, a la acumulación de ambas ejecuciones, ascendiendo el total de cantidades reclamadas a la cuantía de 8.346,62 euros de principal, más 500,78 euros de intereses y 834,66 euros de costas, conceptos estos dos últimos que se fijan de forma provisional sin perjuicio de su posterior liquidación.

No proceder a la ejecución contra la demandada “Transportes y Derribos Álvaro e Hijos, Sociedad Limitada”, dada la situación de concurso en que se encuentra. Por tanto, todas las actuaciones ejecutivas que se practiquen se harán con relación a la demandada “Edificaciones Fyasan, Sociedad Limitada”.

b) Trabar embargo sobre los bienes de la ejecutada. A tal fin se realiza consulta a través de los servicios telemáticos del Punto Neutro Judicial y, vista la información que se obtiene, se acuerda:

El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias abiertas en entidades financieras a nombre de la ejecutada, librándose a tal fin los correspondientes oficios.

El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Librar mandamiento al Registro de la Propiedad número 2 de Navalcarnero para que informe a este Juzgado sobre las fincas que consten como titularidad de la ejecutada, así como para que remita a este Juzgado certificación sobre cargas y demás datos que pudieran permitir el posterior embargo de las mismas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edificaciones Fyasan, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.019/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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