Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100609-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Demanda 1.191 de 2009

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.191 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Klever Orlando Saramgo Chamba, contra la empresa “Albenan, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 12 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de mayo de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 11 de mayo de 2010 se presenta escrito por la parte actora en la Delegación de Decanato de los Juzgados de lo social de Madrid que se une a autos, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid, a 12 de mayo de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase y a la vista de la ejecución solicitada por doña Cristina López Carbonell, en representación de la parte actora, se acuerda, en virtud de lo preceptuado en los artículos 278 y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, citar de comparecencia a las partes para el día 14 de julio de 2010, a las nueve y veinte horas de su mañana, haciéndoles la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o su representante se le tendrá por desistido de su solicitud y en caso de no comparece la empresa o su representante legal se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto”, con el número 2500, la cantidad de 25 euros como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Albenan, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.370/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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