Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100609-305

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

305
Ejecución 70 de 2010

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 70 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Vega García, doña Esperanza Anguix Hurtado, don Óscar Manzaneque Moreno, doña Noelia Serrano Díaz, doña María Elena Serrano Díaz, doña María Luisa García Moreno Vaquerizo, doña Ana Jesusa Collado Pérez, doña Verónica López Ramos Ramírez, doña María del Sol Morante Celada y doña Gema Soler Sánchez, contra la empresa “Ferriplás, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado con fecha 3 de mayo de 2010 auto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Ferriplás, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 335.370,84 euros (correspondiendo a cada uno de los demandantes ejecutantes la siguiente cantidad: don Emilio Vega García, reclama 82.960,50 euros; doña Esperanza Anguix Hurtado, reclama 65.036,51 euros; don Óscar Manzaneque Moreno, reclama 68.686,20 euros; doña Noelia Serrano Díaz, reclama 27.612 euros; doña María Elena Serrano Díaz, reclama 12.063 euros; doña María Luisa García Moreno Vaquerizo, reclama 7.087,01 euros; doña Ana Jesusa Collado Pérez, reclama 7.087,01 euros; doña Verónica López Ramos Ramírez, reclama 5.880,71 euros; doña María del Sol Morante Celada, reclama 29.101,98 euros, y doña Gema Soler Sánchez, reclama 29.855,92 euros). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ana Victoria Jiménez Jiménez. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferriplás, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 3 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.493/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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