Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100609-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

EDICTO

151
Procedimiento 44 de 2006

Doña María Teresa Santos Gutiérrez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal tramitados en este Juzgado con el número 44 de 2006, a instancias de doña Eudosia Ronda Borja, representada por la procuradora doña María Luisa Torrescusa Villaverde, contra don José María Trigo Angono y don Philippe Mendy, con procuradores doña María Luisa Torrescusa Villaverde y sin profesional asignado, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Torrescusa Villaverde, en nombre y representación de doña Eudosia Ronda Borja, frente a don José María Trigo Angono, don Philippe Mendi y el ministerio fiscal, debo declarar y declaro padre biológico de Ida Erika Mendo Ronda a don José María Trigo Angono, ordenando la oportuna anotación en el Registro Civil, sin expresa imposición de costas.

Notifique la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, el cual se preparará por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir y con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma doña María Teresa Santos Gutiérrez.—Firmado.

Y para que sirva de notificación a don Philippe Mendi, en rebeldía e ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 3 de mayo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/21.193/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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