Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
09-06-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100609-176

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 2

EDICTO

176
Procedimiento ordinario 784 de 2008

Doña Amaya González Méndez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 784 de 2008, a instancias de doña Cristina Cuadrado Borrego, representada por el procurador señor Bartolomé Garretas, contra don Alejandro Escudero Carrasco, en paradero desconocido, en los que se ha dictado sentencia que contiene el siguiente fallo:

Estimo parcialmente la demanda presentada por el procurador señor Bartolomé Garretas, en nombre y representación de doña Cristina Cuadrado Borrego, y:

1. Declaro resuelto el contrato de arriendo de la vivienda sita en la calle Castillo de Monteagudo, número 28, de la urbanización “Cerro de Alarcón”, de Valdemorillo (Madrid).

2. Condeno a don Alejandro Escudero Carrasco a abonar a doña Cristina Cuadrado Borrego la cantidad de 10.049,26 euros.

3. Condeno a don Alejandro Escudero Carrasco que entregue a doña Cristina Cuadrado Borrego el original del aval bancario que le entregó doña Cristina Cuadrado Borrego por un importe de 5.400 euros, requiriéndole para que no lo haga efectivo al resolverse la obligación que garantizaba.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante la Sala de lo civil de la Audiencia Provincial de Madrid, a contar desde el siguiente al de su notificación, y que deberá prepararse en este Juzgado.

Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Igualmente, se ha dictado auto de fecha 25 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva dice:

Se rectifica la sentencia dictada por este Juzgado con fecha 15 de febrero de 2010, cuyo fallo quedaría del siguiente modo:

«Estimo totalmente la demanda presentada por el procurador señor Bartolomé Garretas, en nombre y representación de doña Cristina Cuadrado Borrego, y:

1. Declaro resuelto el contrato de arriendo de la vivienda sita en la calle Castillo de Monteagudo, número 28, de la urbanización “Cerro de Alarcón”, de Valdemorillo (Madrid).

2. Condeno a don Alejandro Escudero Carrasco a abonar a doña Cristina Cuadrado Borrego la cantidad de 10.049,26 euros.

3. Condeno a don Alejandro Escudero Carrasco a que entregue a doña Cristina Cuadrado Borrego el original del aval bancario que le entregó doña Cristina Cuadrado Borrego por un importe de 5.400 euros, requiriéndole para que no lo haga efectivo al resolverse la obligación que garantizaba.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se condena en costas a la parte demandada.»

Se mantienen el resto de los pronunciamientos de la sentencia.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Escudero Carrasco, expido y firmo la presente en San Lorenzo de El Escorial, a 13 de abril de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/5.469/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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