Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
11-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100611-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

218
Demanda 1.577 de 2009

Don Manuel López Jara, secretario judicial, de refuerzo, del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.577 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Burgos Patón, contra la empresa “Comper Gestión, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto con fecha 4 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el fallo en el sentido que a continuación se dice:

Que la determinación de la fecha de cómputo de los salarios de trámite se hace atendiendo a la fecha de extinción 20 de enero de 2010, y no la incorrecta del 19 de octubre de 2009.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se forme contra la sentencia.

Así lo manda y firma el magistrado-juez del Juzgado de lo social número 31 de los de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comper Gestión, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.120/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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