Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100616-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

206
Ejecución 125 de 2010

Doña María José Lucas Rebenaque, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 125 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge M. Durán Fuentes, doña Carolina Jiménez Sedofeito, doña María Fernanda Betancourt Hernández y doña Sara Mota Sánchez, contra la empresa “Bottom Line Asociados Business Management, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 18 de mayo de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Jorge M. Durán Fuentes, doña Carolina Jiménez Sedofeito, doña María Fernanda Betancourt Hernández y doña Sara Mota Sánchez, frente a “Bottom Line Asociados Business Management, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 29.643 euros en concepto de principal (correspondiendo a don Jorge M. Durán Fuentes la cantidad de 11.550,20 euros; doña Carolina Jiménez Sedofeito la cantidad de 7.415,20 euros; doña María Fernanda Betancourt Hernández la cantidad de 4.853,56 euros y doña Sara Mota Sánchez la cantidad de 4.853,56 euros), más otros 1.867 euros (correspondiendo a don Jorge M. Durán Fuentes la cantidad de 1.155 euros; doña Carolina Jiménez Sedofeito la cantidad de 742 euros; doña María Fernanda Betancourt Hernández la cantidad de 485 euros y doña Sara Mota Sánchez la cantidad de 485 euros), que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se mantienen las medidas cautelares adoptadas por resolución de fecha 27 de marzo de 2009 en atención a lo expuesto en el artículo 731 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dice. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bottom Line Asociados Business Management, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.723/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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