Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2010

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100616-6

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

ACADEMIA DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Resolución de 11 de junio de 2010, del Gerente, por la que se aprueba y se hace pública la relación definitiva de admitidos a las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 14 de enero de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen, en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, para la obtención de dicho certificado y se efectúa la convocatoria de las citadas pruebas, y haciendo uso de la delegación conferida por el Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid en su reunión de 4 de febrero de 2009,

RESUELVO

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos a las citadas pruebas.

Hacer pública la relación definitiva de admitidos a las citadas pruebas, que será expuesta en los tablones de anuncios del Registro General de la Comunidad de Madrid, y de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo de esta Resolución.

Segundo

Según lo establecido en la Resolución de 19 de mayo de 2010, del Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, las pruebas se realizarán el día 19 de junio de 2010 a las diecisiete horas, en llamamiento único, y en el siguiente lugar:

— Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Ciudad Universitaria, sin número. Madrid

La distribución por aulas de cada uno de los aspirantes se establece en la lista definitiva de admitidos que se hace pública con la presente Resolución, y que se expondrá en los citados tablones de anuncios de los Registros de la Comunidad de Madrid.

El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal Calificador adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Los aspirantes habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, habrán de ir provistos de lápiz negro del número dos.

Tercero

Se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo de las pruebas:

— No se permitirá el acceso al examen a los aspirantes que no figuren en las relaciones definitivas de admitidos a la convocatoria.

— No se permitirá el acceso al examen a los aspirantes que no presenten los siguientes documentos originales: Documento nacional de identidad, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros, certificado de registro de ciudadano de la Unión (acompañado de identificación) o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad, salvo en los casos en que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 14.3 de la Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de Creación de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 11 de junio de 2009.—El Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, Agustín Carretero Sánchez.

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(01/2.701/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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