Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100617-260

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

260
Demanda 565 de 2009

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 565 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra don Domingo García Mayoral, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Servicios Integrales Madrileños, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 73 de 2010

En Madrid, a 24 de febrero de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por “Fraternidad Muprespa”, frente a don Domingo García Mayoral, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Servicios Integrales Madrileños, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a don Domingo García Mayoral a que abone a la actora la suma de 1.796,85 euros, absolviendo al resto de demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Marcos Ramos Valles.—En Madrid, a 17 de febrero de 2010.

Dada cuenta, y por recibido el anterior escrito del letrado don Rafael Peinador de Isidro, vía fax, con entrada en este Juzgado el día 16 de abril de 2010, únase al presente procedimiento. Visto su contenido, no ha lugar a lo solicitado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 188.6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al ser el señalamiento más antiguo el de este Juzgado (auto de 8 de mayo de 2009, de fecha 4 de enero de 2010, la providencia del Juzgado de primera instancia número 1 de Torrijos, y de 16 de octubre de 2009, el del Juzgado de lo social número 17 ).

Notifíquese esta resolución, contra la que cabe interponer recurso de reposición, a presentar en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/00, seguido del número de autos y año; debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso la clase de recurso que va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

No se admitirá a trámite el recurso si el depósito no estuviese constituido, previo requerimiento de subsanación por dos días del defecto, omisión o error en la constitución del mismo.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Domingo García Mayoral, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.615/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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