Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2010

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100617-116

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

116
Padrón 2010 tasa de alcantarillado y tasa de basura

En la Secretaría de este Ayuntamiento se encuentran expuestos al público los padrones de los siguientes impuestos correspondientes al ejercicio 2010:

— Tasa de alcantarillado.

— Tasa de basura.

Los interesados podrán interponer reclamaciones durante el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

El cobro en período voluntario se efectuará en las Oficinas de Recaudación Municipal o en las entidades bancarias colaboradoras durante los días comprendidos entre el 14 de junio al 16 de agosto de 2010, ambos inclusive.

La cobranza se realizará en las dependencias municipales los días 30 de junio y 28 de julio de 2010, en horas de diez a trece, pudiendo realizar igualmente el pago en las Oficinas de Recaudación Municipal, sitas en la calle Téllez, número 18, en horas de nueve a trece, excepto los días de cobro en el propio Ayuntamiento.

Igualmente, podrá realizar el pago mediante la notificación que reciba en su domicilio, realizando el ingreso en cualquiera de los bancos que se le indiquen.

Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo, interés de demora y, en su caso, las costas que procedan.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la legislación vigente.

En Ribatejada, a 17 de mayo de 2010.—El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul.

(02/5.678/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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