Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100617-285

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

285
Ejecución 25 de 2009

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución provisional número 25 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Fernández Fernández, doña Pilar González Santacruz, doña Mercedes Salazar Martínez, doña Teresa Onieva Hurtado, doña Aurora Ruiz Valdehita, don Antonio Madrid Caballero y doña Raquel Ruiz Valdehita, contra la empresa “Manipulado y Embalaje de Componentes Eléctricos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:

Decreto

Secretaria judicial.—En Madrid, a 17 de mayo de 2010.

Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada, en las siguientes entidades: “La Caixa” y “Banco Santander”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber, 103.882,82 euros de principal.

Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto, se remitirá directamente a este órgano judicial.

Notifíquese la presente resolución a la parte actora, y a la ejecutada por medio de edictos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de reposición contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en “Banesto”, cuenta número 4283, indicando en el campo “concepto” el código “30 Social-Reposición”.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de las tres anteriores.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Manipulado y Embalaje de Componentes Eléctricos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.938/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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