Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100618-253

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

253
Demanda 2.031 de 2009

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 2031 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robert Luis Yanqui Dávila, contra la empresa “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 132 de 2010

En la ciudad de Madrid, a 13 de abril de 2010.

Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 del Juzgado de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como demandante, don Robert Luis Yanqui Dávila, y de otra, como demandada, “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada” que no comparece, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Roberto Luis Yanqui Dávila, contra “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la extinción del contrato de trabajo que unía a las partes litigantes desde la fecha de esta resolución con derecho del trabajador a percibir una indemnización por importe de 10.518,30 euros a cargo de la empresa demandada a cuyo pago se le condena.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número de cuenta 2525 que tiene abierta en “Banesto”, Madrid-Urbana, calle Orense, número 19, 28020 de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logística Sánchez Brea, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.811/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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