Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
18-06-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100618-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Reglamento de honores, distinciones y protocolo

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de mayo de 2010, a tenor de lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Régimen Interior, Personal, Economía e Integración, adoptó por mayoría absoluta del número legal de sus miembros el acuerdo de aprobar con carácter inicial el Reglamento de Honores, Distinciones y Protocolo del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y al amparo de lo previsto en los artículos 50.3 y 24, 189, 190 y 191 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone el expediente al público por plazo de treinta días a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que quienes se hallen interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones, sugerencias o alegaciones que estimen oportunas, encontrándose el expediente de manifiesto en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, plaza de España, número 1, 28691 Madrid, Vicesecretaría.

En el caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, cuya aprobación inicial se ha aprobado, con la siguiente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del texto definitivo del Reglamento Municipal.

En Villanueva de la Cañada, a 28 de mayo de 2010.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(03/22.760/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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