Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100622-323

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 BIS

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

323
Demanda 381 de 2010

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 381 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Matilde Susana Ortega Calvo, contra las empresas “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “HTC”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Sonia López Ramallo.—En Móstoles, a 1 de junio de 2010.

Dada cuenta; el anterior escrito presentado por doña Concepción López Díaz, en representación de la demandada “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón, con traslado de copia a la parte contraria, y requiérasele para que en el plazo de cuatro días acredite la representación que dice ostentar.

Asimismo, y no constando citadas las demandadas “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “HTC”, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio señalados para el día de hoy, señalándose nuevamente para el día 29 de junio de 2010, a las doce y quince horas.

Inténtese citación a las demandadas en el buzón postal facilitado por la demandada y a través de edictos que se insertarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese esta resolución a las partes, sirviendo la notificación de la presente citación en forma.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “HTC”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.439/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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